Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Investigación. Becas. (2022050009)
Orden de 23 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, por la Fundación Extremeña de la Cultura, de las becas de apoyo para investigadores universitarios, españoles y extranjeros, en los ámbitos de la arqueología, la paleontología, la geología y las ciencias ambientales, centrados específicamente en el estudio de materiales provenientes de las excavaciones arqueológicas y los contextos con ellos relacionados, en el ámbito del monumento natural "Cuevas de Fuentes de León".
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NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022
2676
6. L
a solicitud deberá ir firmada por el solicitante y toda la documentación se presentará en
español, o traducida de manera oficial al español. Si la solicitud no reúne los requisitos
establecidos en estas bases, se requerirá al interesado para que los subsane en el plazo
improrrogable de 10 días hábiles indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido
de su petición.
La presentación de la solicitud implicará el consentimiento de las personas solicitantes
al órgano gestor para que, a través de la Secretaría General de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deportes, compruebe de oficio los datos de identidad a través de los servicios
ofrecidos por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública como prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
Las personas solicitantes podrán formular su oposición a que el órgano gestor, a través de
la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, recabe o consulte
los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones frente a la hacienda
autonómica y frente a la Seguridad Social, en la forma prevista en el apartado correspondiente de la solicitud, debiendo presentar en ese caso la correspondiente certificación acreditativa de encontrarse al corriente con la Consejería competente en materia de hacienda
de la Junta de Extremadura y la Tesorería General de la Seguridad Social.
Los certificados o información a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria requieren el consentimiento expreso de la persona solicitante para ser recabados de
oficio por el órgano gestor, a través de la Secretaría General de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deportes. En caso de no autorización a la consulta de estos datos, se deberá
aportar junto a la solicitud, la documentación acreditativa correspondiente.
Todo ello, con las garantías previstas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, siendo de carácter supletorio cuantas
disposiciones no tengan el carácter de básico, y demás normativa de desarrollo.
7. La Fundación Extremeña de la Cultura podrá solicitar en cualquier momento y de manera
motivada el cotejo de las copias aportadas por el interesado, para lo que podrá requerir la
exhibición del documento original.
Base sexta. Criterios de selección.
1. La evaluación y selección de las solicitudes se realizará teniendo en cuenta los siguientes
méritos, en función de la beca solicitada:
Viernes, 14 de enero de 2022
2676
6. L
a solicitud deberá ir firmada por el solicitante y toda la documentación se presentará en
español, o traducida de manera oficial al español. Si la solicitud no reúne los requisitos
establecidos en estas bases, se requerirá al interesado para que los subsane en el plazo
improrrogable de 10 días hábiles indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido
de su petición.
La presentación de la solicitud implicará el consentimiento de las personas solicitantes
al órgano gestor para que, a través de la Secretaría General de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deportes, compruebe de oficio los datos de identidad a través de los servicios
ofrecidos por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública como prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
Las personas solicitantes podrán formular su oposición a que el órgano gestor, a través de
la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, recabe o consulte
los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones frente a la hacienda
autonómica y frente a la Seguridad Social, en la forma prevista en el apartado correspondiente de la solicitud, debiendo presentar en ese caso la correspondiente certificación acreditativa de encontrarse al corriente con la Consejería competente en materia de hacienda
de la Junta de Extremadura y la Tesorería General de la Seguridad Social.
Los certificados o información a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria requieren el consentimiento expreso de la persona solicitante para ser recabados de
oficio por el órgano gestor, a través de la Secretaría General de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deportes. En caso de no autorización a la consulta de estos datos, se deberá
aportar junto a la solicitud, la documentación acreditativa correspondiente.
Todo ello, con las garantías previstas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, siendo de carácter supletorio cuantas
disposiciones no tengan el carácter de básico, y demás normativa de desarrollo.
7. La Fundación Extremeña de la Cultura podrá solicitar en cualquier momento y de manera
motivada el cotejo de las copias aportadas por el interesado, para lo que podrá requerir la
exhibición del documento original.
Base sexta. Criterios de selección.
1. La evaluación y selección de las solicitudes se realizará teniendo en cuenta los siguientes
méritos, en función de la beca solicitada: