Consejería De Educación Y Empleo. Bachillerato. Titulaciones. (2022050010)
Orden de 11 de enero de 2022 por la que se convocan pruebas para la obtención directa del título de bachiller para personas mayores de veinte años en la Comunidad Autónoma de Extremadura curso 2021/2022.
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NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022

2630

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
ORDEN de 11 de enero de 2022 por la que se convocan pruebas para la
obtención directa del título de bachiller para personas mayores de veinte años
en la Comunidad Autónoma de Extremadura curso 2021/2022. (2022050010)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, determina en su artículo 69.4 que las Administraciones educativas, en el
ámbito de sus competencias, organizarán periódicamente pruebas para obtener directamente
el título de Bachiller.
Además, las Administraciones educativas velarán por que se adopten las medidas necesarias
para asegurar la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las
personas con discapacidad que se presenten a dichas pruebas.
En el mismo sentido se recoge en el Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que
se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la
promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional. (BOE n.º 275 de 17 de noviembre de 2021), en concreto en su artículo 26.
2. Sobre pruebas libres para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria y de Bachiller, con el siguiente tenor literal “asimismo, corresponderá a las Administraciones educativas la organización de pruebas para que las personas mayores de veinte
años puedan obtener directamente el título de Bachiller, siempre que demuestren haber alcanzado los objetivos del Bachillerato. Dichas pruebas se organizarán de manera diferenciada
según las modalidades del Bachillerato.”
En relación con lo anterior, la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, en
el artículo 121 establece: “Todas las personas tienen derecho al aprendizaje a lo largo de la
vida. Para hacer efectivo el ejercicio de este derecho, la Administración autonómica promoverá ofertas de aprendizajes flexibles que permitan la conciliación de la vida personal, laboral o
familiar con la formación”.
El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, establece el currículo básico de la Educación
Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. En el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, se publicó el Decreto 98/2016, de 5 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en Extremadura;
en su disposición adicional segunda establece que la Consejería competente en materia de
educación regulará y organizará periódicamente las pruebas previstas en los artículos 68.2
y 69.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, que permitan al alumnado que cumpla los