Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Explotaciones Agrarias. Ayudas. (2021040180)
Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022

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8. C
 onservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos, al menos durante los nueve años siguientes a la fecha de certificación de la ayuda, al objeto
de las actuaciones de comprobación y control.
9. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 43 de la Ley 6/2011 y demás supuestos normativos previstos.
10. Solicitar, obtener, recabar y mantener las autorizaciones precisas para la ejecución
de las inversiones objeto de ayuda, antes de la solicitud de pago. Especialmente las
relativas a cuestiones medioambientales y en todo caso, las inversiones en áreas Red
Natura 2000 deberán contar con el preceptivo informe de no afección.
11. Adoptar las medidas de información y publicidad contempladas en el apartado 2 del
Anexo III del Reglamento (CE) 808/2014, de la Comisión de 17 de julio, por el que
se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1305/2013 y en la
Orden 50/2001, de 3 de abril, que contiene medidas de identificación, información y
publicidad.
12. Llevar un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado para todas
las transacciones relativas a la operación. Presentar los datos a la autoridad de Gestión
y al registro de las realizaciones y resultados de las operaciones.
13. Aportar los datos necesarios a efectos de seguimiento y evaluación del programa, así
como la colaboración necesaria en la confección de los indicadores correspondientes,
incluidos estudios y encuestas que se precisen realizar a posteriori, cuando dicha colaboración les sea requerida.
6º. DECLARO RESPONSABLEMENTE:

□ El solicitante declara responsablemente que cumple con todos los requisitos para alcanzar
la condición de beneficiario, conforme a lo indicado en el artículo 12.2 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el sentido de:
• No ha sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de
obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos
urbanísticos.
• No ha solicitado la declaración de concurso voluntario, no ha sido declarado insolvente en
cualquier procedimiento, no ha sido declarada en concurso, no está sujeta a intervención
judicial, no ha sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el
período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.