Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060014)
Resolución de 4 de enero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Legalización de casa rural y núcleo zoológico" cuyo promotor es D. Juan Carlos Rey Martínez, en el término municipal de Casas del Castañar. Expte.: IA20/0095.
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NÚMERO 8

2441

Jueves, 13 de enero de 2022

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio

-

Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales

X

Confederación Hidrográfica del Tajo

X

Ayuntamiento de Casas del Castañar

-

Ecologistas en Acción

-

ADENEX

-

SEO BIRD/LIFE

-

Fundación Naturaleza y Hombre
Agente del Medio Natural UTV-2

A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas indica que el proyecto no
se encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en Red Natura 2000, ni se
prevé que pueda afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a los mismos o a
sus valores ambientales.
El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios emite informe en el que comunica que
la parcela 168 del polígono 8 el término municipal de Casas del Castañar se encuentra íntegramente en la Zona de Alto Riesgo Ambroz-Jerte. También comunica que en la parcela
donde se localiza el proyecto no hay registro de incendio en los últimos 30 años. Además,
informa de la normativa específica de incendios forestales y en base a ella establece una
serie de medidas incluidas en el presente informe.
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe en el
que comunica que la parcela se encuentra afectada por la declaración del Valle del Jerte
como paisaje Pintoresco (Decreto 3360/1973, de 14 de diciembre, BOE 16/1/1974) con
consideración de BIC de acuerdo a la posición adicional primera de la Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. La Carta Arqueológica no indica
en la parcela de referencia la presencia de ningún yacimiento arqueológico. No se conocen
incidencias sobre el Patrimonio Etnológico conocido en la parcela de referencia. El hecho de
tratarse de una construcción ejecutada en su totalidad impide cotejar posibles afecciones
patrimoniales no conocidas.