Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2021064074)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la contratación de personas jóvenes tituladas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 8
2532
Jueves, 13 de enero de 2022
CÓDIGO CIP
P6020
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROGRAMA DE
ACOMPAÑAMIENTO HACIA EL EMPLEO ESTABLE DE
PERSONAS JÓVENES TITULADAS EN LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
9. DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LOS REQUISITOS EXIGIDOS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE
BENEFICIARIA Y OTRAS AYUDAS PÚBLICAS SOLICITADAS O RECIBIDAS POR LA ENTIDAD SOLICITANTE
La representación legal de la entidad que suscribe la presente solicitud,
DECLARA
1. Que en aplicación de lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
a) Que la entidad solicitante no ha sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o
ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o
delitos urbanísticos.
b) Que la entidad solicitante no ha solicitado la declaración de concurso voluntario, ni ha sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, ni
se halla declarada en concurso, salvo que éste haya adquirido la eficacia de un convenio, ni está sujeta a intervención judicial, ni ha sido
inhabilitada conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) Que la entidad solicitante no ha dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato
celebrado con la Administración.
d) Que la entidad solicitante, administrador de la sociedad mercantil o aquellos que ostenten la representación legal de la entidad solicitante, no se
encuentra incurso en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración
General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o
tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos
establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
e) Que la entidad solicitante no tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
f) Que la entidad solicitante se halla al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
g) Que la entidad solicitante no ha sido sancionada, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la
ley 6/2011, de 23 de marzo o la Ley General Tributaria.
h) Que, en el caso de entidades sin personalidad jurídica previstas en el artículo 10.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, ninguno de sus miembros se halla incurso en ninguna de las prohibiciones de los apartados anteriores.
2. Respecto de otras ayudas acogidas al Régimen de Mínimis (Reglamentos (UE) 1407/2013 y 1408/2013, de 18 de diciembre):
NO haber solicitado o recibido ayudas y subvenciones durante los últimos tres ejercicios fiscales, (el actual y los dos anteriores) para este o
cualquier otro régimen de ayudas, acogido a la normativa de mínimis.
Haber solicitado o recibido las ayudas y subvenciones acogidas al régimen de mínimis que se mencionan a continuación durante los
últimos tres ejercicios fiscales (el actual y los dos anteriores) para este o cualquier otro régimen de ayudas, acogido a la normativa de mínimis.
ORGANISMO
TIPO DE AYUDA / COD. EXPEDIENTE
(1) TRAMITACIÓN: S=SOLICITADA, C=CONCEDIDA, P=PAGADA
Hoja 4 de 8
IMPORTE
ESTADO
TRAMITACIÓN (1)
2532
Jueves, 13 de enero de 2022
CÓDIGO CIP
P6020
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROGRAMA DE
ACOMPAÑAMIENTO HACIA EL EMPLEO ESTABLE DE
PERSONAS JÓVENES TITULADAS EN LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
9. DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LOS REQUISITOS EXIGIDOS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE
BENEFICIARIA Y OTRAS AYUDAS PÚBLICAS SOLICITADAS O RECIBIDAS POR LA ENTIDAD SOLICITANTE
La representación legal de la entidad que suscribe la presente solicitud,
DECLARA
1. Que en aplicación de lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
a) Que la entidad solicitante no ha sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o
ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o
delitos urbanísticos.
b) Que la entidad solicitante no ha solicitado la declaración de concurso voluntario, ni ha sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, ni
se halla declarada en concurso, salvo que éste haya adquirido la eficacia de un convenio, ni está sujeta a intervención judicial, ni ha sido
inhabilitada conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) Que la entidad solicitante no ha dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato
celebrado con la Administración.
d) Que la entidad solicitante, administrador de la sociedad mercantil o aquellos que ostenten la representación legal de la entidad solicitante, no se
encuentra incurso en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración
General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o
tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos
establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
e) Que la entidad solicitante no tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
f) Que la entidad solicitante se halla al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
g) Que la entidad solicitante no ha sido sancionada, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la
ley 6/2011, de 23 de marzo o la Ley General Tributaria.
h) Que, en el caso de entidades sin personalidad jurídica previstas en el artículo 10.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, ninguno de sus miembros se halla incurso en ninguna de las prohibiciones de los apartados anteriores.
2. Respecto de otras ayudas acogidas al Régimen de Mínimis (Reglamentos (UE) 1407/2013 y 1408/2013, de 18 de diciembre):
NO haber solicitado o recibido ayudas y subvenciones durante los últimos tres ejercicios fiscales, (el actual y los dos anteriores) para este o
cualquier otro régimen de ayudas, acogido a la normativa de mínimis.
Haber solicitado o recibido las ayudas y subvenciones acogidas al régimen de mínimis que se mencionan a continuación durante los
últimos tres ejercicios fiscales (el actual y los dos anteriores) para este o cualquier otro régimen de ayudas, acogido a la normativa de mínimis.
ORGANISMO
TIPO DE AYUDA / COD. EXPEDIENTE
(1) TRAMITACIÓN: S=SOLICITADA, C=CONCEDIDA, P=PAGADA
Hoja 4 de 8
IMPORTE
ESTADO
TRAMITACIÓN (1)