Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021063946)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022

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g. En el supuesto de solicitarse el Incremento adicional por la implantación de un Plan de
Igualdad en la empresa, copia del Acta de la Comisión de Igualdad o Comisión de Seguimiento y Evaluación del Plan, constituidas en la empresa, acreditativa de la implantación de las medidas que, tras la realización del Diagnóstico inicial de género, intentan
favorecer condiciones de igualdad y paliar o corregir situaciones de desigualdad, en
formato electrónico (pdf).
h. Cuando se solicite ayuda por hombres extremeños que retornen de la emigración se
aportará, en formato electrónico (pdf), certificado de poseer la condición de persona
extremeña retornada, expedido por la Dirección General que ostente las competencias
en materia de acción exterior de la Junta de Extremadura, cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
i. En el caso que se solicite el incremento adicional derivado de la Cláusula de Responsabilidad Social, certificación emitida por el Registro de Empresas Socialmente Responsables
de Extremadura, dependiente del órgano con competencias en la materia, donde se reflejen las fechas de calificación e inscripción en el mismo, en formato electrónico (pdf),
cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a que sea consultado de oficio.
j. Informe original, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la
vida laboral de cada trabajador por el que se solicita la subvención o autorización expresa al órgano instructor en el anexo de solicitud para que recabe de oficio esos datos, en
formato electrónico (pdf).
k. Comunicación de los contratos de los trabajadores por los que se solicita subvención, en
formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a
que sean consultadas de oficio.
4. La Administración competente de la tramitación de este procedimiento, que incluye una
actividad de tratamiento de datos personales, tiene atribuida la potestad de verificación de
los datos personales del solicitante en el caso en que la entidad solicitante sea una persona física o de la persona que ostente la representación legal en el caso en que la entidad
solicitante sea una persona jurídica, manifestados en el anexo de solicitud de la ayuda, en
virtud de la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
5. En virtud del artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los interesados no tendrán que
aportar aquellos documentos necesarios en el procedimiento, que ya obren en poder de la
Administración, debiendo cumplimentar el correspondiente apartado del formulario solicitud,
indicando, en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó tales documentos.