Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Dual. Subvenciones. (2021063958)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2022 dirigida a entidades promotoras de proyectos del Programa de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura.
39 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022
2484
En caso de empate, tendrán preferencia las solicitudes que obtengan mayor puntuación en
los criterios de valoración por el siguiente orden: a), b), c), d), e), f), g), h), si persiste el
empate, se efectuará el desempate en razón del mayor número de desempleados en el ámbito
territorial afectado por el proyecto.
En los criterios de valoración en los que las variables a considerar se entiendan referidas al
número de desempleados se tomarán en consideración los datos de paro registrado en el mes
anterior a la convocatoria obtenidos por el Observatorio de Empleo del Servicio Extremeño
Público de Empleo y en cuanto a la población a las cifras oficiales del Padrón Municipal publicadas por el Instituto Nacional de Estadística a la fecha de publicación de la convocatoria.
Noveno. Plazo de la solicitud, documentación e información acompañante.
1. El plazo para presentar solicitudes será de 1 mes a computar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
2. Las solicitudes de subvenciones se suscribirán por las personas que ostenten la representación
de las entidades promotoras mediante el modelo normalizado que se establece como anexo I a
la presente resolución, que estará disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, las
entidades interesadas podrán disponer de la información relativa a la ayuda a través del Portal
de Ciudadano de la Junta de Extremadura.
Las solicitudes, en modelo normalizado acompañadas de la documentación establecida en
este artículo, se presentarán en la web https://sede.gobex.es/SEDE/ y se dirigirán las solicitudes de la provincia de Badajoz a la Gerencia Provincial del SEXPE de Badajoz Código
Unidad Administrativa de Destino: A11026438 y las de la provincia de Cáceres a la Gerencia Provincial del SEXPE de Cáceres Código Unidad Administrativa de Destino: A11032922.
La información referente a la tramitación del procedimiento también podrá ser consultada
a través del Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura que se encuentra ubicado en la
dirección de internet: http://ciudadano.juntaex.es.
La acreditación de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social será sustituida por una declaración responsable del representante legal de la entidad
incluida en el modelo de solicitud, conforme al artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, y la de que no se tienen deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, podrá ser comprobada de oficio, si la entidad no se ha opuesto a su consulta o en su defecto
mediante la aportación certificativa de estar al corriente con la misma.
De conformidad con el artículo 53.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no pueden requerirse al interesado
Jueves, 13 de enero de 2022
2484
En caso de empate, tendrán preferencia las solicitudes que obtengan mayor puntuación en
los criterios de valoración por el siguiente orden: a), b), c), d), e), f), g), h), si persiste el
empate, se efectuará el desempate en razón del mayor número de desempleados en el ámbito
territorial afectado por el proyecto.
En los criterios de valoración en los que las variables a considerar se entiendan referidas al
número de desempleados se tomarán en consideración los datos de paro registrado en el mes
anterior a la convocatoria obtenidos por el Observatorio de Empleo del Servicio Extremeño
Público de Empleo y en cuanto a la población a las cifras oficiales del Padrón Municipal publicadas por el Instituto Nacional de Estadística a la fecha de publicación de la convocatoria.
Noveno. Plazo de la solicitud, documentación e información acompañante.
1. El plazo para presentar solicitudes será de 1 mes a computar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
2. Las solicitudes de subvenciones se suscribirán por las personas que ostenten la representación
de las entidades promotoras mediante el modelo normalizado que se establece como anexo I a
la presente resolución, que estará disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, las
entidades interesadas podrán disponer de la información relativa a la ayuda a través del Portal
de Ciudadano de la Junta de Extremadura.
Las solicitudes, en modelo normalizado acompañadas de la documentación establecida en
este artículo, se presentarán en la web https://sede.gobex.es/SEDE/ y se dirigirán las solicitudes de la provincia de Badajoz a la Gerencia Provincial del SEXPE de Badajoz Código
Unidad Administrativa de Destino: A11026438 y las de la provincia de Cáceres a la Gerencia Provincial del SEXPE de Cáceres Código Unidad Administrativa de Destino: A11032922.
La información referente a la tramitación del procedimiento también podrá ser consultada
a través del Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura que se encuentra ubicado en la
dirección de internet: http://ciudadano.juntaex.es.
La acreditación de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social será sustituida por una declaración responsable del representante legal de la entidad
incluida en el modelo de solicitud, conforme al artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, y la de que no se tienen deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, podrá ser comprobada de oficio, si la entidad no se ha opuesto a su consulta o en su defecto
mediante la aportación certificativa de estar al corriente con la misma.
De conformidad con el artículo 53.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no pueden requerirse al interesado