Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2021063965)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a Proyectos de Educación para la Ciudadanía Global tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2022.
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NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022

2360

Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como a
lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
sobre los órganos colegiados.
5. Esta Comisión podrá contar durante el proceso de selección con la asistencia de asesoría
técnica o personas expertas con conocimientos y experiencia profesional acreditada en el
campo de la cooperación internacional para el desarrollo y la educación para la ciudadanía
global o en otros asuntos para los que se precise asesoramiento o apoyo técnico especializado. Cualquier participante en dicha Comisión deberá abstenerse en los casos en que
mantenga algún tipo de vínculo con la entidad solicitante o designada para la ejecución de
una actividad concreta.
6. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración y
Evaluación formulará propuesta de resolución provisional que se elevará al órgano competente para resolver la concesión de ayudas en esta materia.
7. Cuando el importe de la subvención contenido en la propuesta de resolución provisional sea
inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar de la entidad beneficiaria la
reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención
otorgable. Una vez que la reformulación de la solicitud merezca la conformidad de la Comisión de Valoración y Evaluación, se remitirá con todo lo actuado al órgano competente
para que dicte la resolución. En todo caso, la solicitud reformulada deberá contener una
subvención por parte de la AEXCID que no supere el importe contenido en la propuesta de
resolución provisional ni los límites establecidos en el artículo 9 y 35 del Decreto 5/2019,
de 5 de febrero, mantener el objetivo general y específico del proyecto original y respetar
el objeto, condiciones y finalidad de la subvención.
8. Una vez analizadas las reformulaciones presentadas se formulará propuesta de resolución
definitiva que se elevará al órgano competente para resolver la concesión de ayudas en esta
materia, que no podrá separarse del informe de la Comisión de Valoración y Evaluación.
9. La composición de la Comisión de Valoración y Evaluación se publicará en la página web de
la AEXCID con anterioridad a la celebración de cada sesión de la misma.
Séptimo. Resolución del procedimiento de concesión.
1. Instruido el procedimiento administrativo conforme a lo previsto en el apartado anterior, la
persona titular de la Dirección de la AEXCID, en el plazo máximo de seis meses, contados
desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, dictará y notificará
la resolución sobre las solicitudes presentadas. Transcurrido el plazo indicado sin que hubiera recaído resolución expresa, la concesión de la ayuda se entenderá desestimada.