Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2021063965)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a Proyectos de Educación para la Ciudadanía Global tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2022.
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NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022
2358
En el caso de que las entidades solicitantes, o las entidades que formen parte de una agrupación, no autoricen o se opongan a las consultas referidas en los párrafos anteriores, deberán aportar junto con la solicitud, certificación administrativa, expedida por el organismo
correspondiente, acreditativa de estar al corriente.
4. L
a solicitud y el resto de la documentación complementaria que lo precise serán firmados
por la persona que estatutariamente ostente la representación legal de la entidad e irán
dirigidos al órgano competente para resolver la concesión de ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo de la AEXCID. En el supuesto de agrupaciones de
entidades, la solicitud será firmada por la representación legal de la agrupación y se acompañará de la documentación prevista en el artículo 4.2 del decreto de bases reguladoras.
La solicitud, así como los formularios vinculados al procedimiento estarán disponibles para
su descarga en el siguiente enlace: http://www.juntaex.es/aexcid/ y deberán presentarse en papel acompañados de su respectiva copia en formato digital en los formatos que
corresponda a cada tipo de archivo (.pdf.doc o similar y hoja de cálculo para los cuadros
presupuestarios).
5. L
as solicitudes y demás documentación complementaria podrán presentarse en la Oficina
de Asistencia Virtual o en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura o en cualquiera de los registros y oficinas a que
se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta
un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el
ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia
con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6. L
as solicitudes que se remitan a través de las oficinas de Correos se presentarán en sobre
abierto a fin de que en ellas se haga constar por el responsable de la oficina la fecha en que
tiene lugar la presentación y remisión por correo certificado.
7. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud de
iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66 u otros exigidos por la legislación
específica aplicable, se requerirá a la entidad interesada para que, en un plazo de diez días
hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que,
si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá
ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada ley.
Quinto. Gastos subvencionables.
En los proyectos que se financien con cargo a esta convocatoria, serán subvencionables los
gastos recogidos en el artículo 19 del Decreto 5/2019, de 5 de febrero, por el que se esta-
Jueves, 13 de enero de 2022
2358
En el caso de que las entidades solicitantes, o las entidades que formen parte de una agrupación, no autoricen o se opongan a las consultas referidas en los párrafos anteriores, deberán aportar junto con la solicitud, certificación administrativa, expedida por el organismo
correspondiente, acreditativa de estar al corriente.
4. L
a solicitud y el resto de la documentación complementaria que lo precise serán firmados
por la persona que estatutariamente ostente la representación legal de la entidad e irán
dirigidos al órgano competente para resolver la concesión de ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo de la AEXCID. En el supuesto de agrupaciones de
entidades, la solicitud será firmada por la representación legal de la agrupación y se acompañará de la documentación prevista en el artículo 4.2 del decreto de bases reguladoras.
La solicitud, así como los formularios vinculados al procedimiento estarán disponibles para
su descarga en el siguiente enlace: http://www.juntaex.es/aexcid/ y deberán presentarse en papel acompañados de su respectiva copia en formato digital en los formatos que
corresponda a cada tipo de archivo (.pdf.doc o similar y hoja de cálculo para los cuadros
presupuestarios).
5. L
as solicitudes y demás documentación complementaria podrán presentarse en la Oficina
de Asistencia Virtual o en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura o en cualquiera de los registros y oficinas a que
se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta
un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el
ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia
con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6. L
as solicitudes que se remitan a través de las oficinas de Correos se presentarán en sobre
abierto a fin de que en ellas se haga constar por el responsable de la oficina la fecha en que
tiene lugar la presentación y remisión por correo certificado.
7. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud de
iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66 u otros exigidos por la legislación
específica aplicable, se requerirá a la entidad interesada para que, en un plazo de diez días
hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que,
si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá
ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada ley.
Quinto. Gastos subvencionables.
En los proyectos que se financien con cargo a esta convocatoria, serán subvencionables los
gastos recogidos en el artículo 19 del Decreto 5/2019, de 5 de febrero, por el que se esta-