Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2021063962)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2022.
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NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022
2286
3. Prever gastos indirectos no superiores al 10% del total de la subvención.
4. T
eniendo en cuenta las circunstancias que se han producido por la irrupción de la pandemia ocasionada por el COVID 19 en todo el mundo en los años 2020 y 2021 y su duración
y consecuencias a lo largo del año 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo
26.4 in fine del Decreto 5/2019 de 5 de febrero, la duración máxima prevista no podrá ser
superior a 12 meses.
5. Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 6.2 del Decreto 5/2019, de 5 de febrero, los
proyectos deberán contener la indicación de las fechas previstas de inicio y fin de la ejecución. La fecha de inicio prevista deberá estar comprendida, en todo caso, dentro del año
correspondiente a la convocatoria.
6. E
n esta convocatoria sólo se financiarán proyectos de una duración máxima de 12 meses.
El importe máximo a financiar será de 250.000 euros para las entidades solicitantes de
manera individual y de 260.000 euros para las agrupaciones de entidades.
7. L
as subvenciones concedidas por la AEXCID podrán alcanzar el 100% del coste total del
proyecto, siempre que el total de la subvención solicitada no supere la cantidad de 180.000
euros.
8. Para la solicitud de subvenciones superiores a lo indicado en el apartado anterior será necesaria la aportación del 5% sobre el importe de la subvención, que deberá ser sufragado con
aportación de fondos propios, con un mínimo del 1%, o procedentes de otros financiadores.
En todo caso, estas aportaciones serán siempre dinerarias y se aplicarán íntegramente a la
financiación de gastos directos.
Cuarto. Plazo, forma de presentación de solicitudes y documentación administrativa.
1. E
l plazo para la presentación de las solicitudes será de 25 días hábiles, a contar desde el
siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto de la misma en el Diario
Oficial de Extremadura, del que se dará traslado desde la Base de Datos Nacional de
Subvenciones.
2. Cada entidad podrá presentar una solicitud actuando en solitario y una más cuando forme
parte de una agrupación de entidades.
3. La falta de presentación de la solicitud en el plazo establecido en el punto 1 de este apartado impedirá la participación en la convocatoria y tendrá carácter insubsanable.
4. Todas las entidades participantes deberán aportar modelo de solicitud normalizado (Anexo
I) que incluirá el documento de formulación de proyecto, la matriz de planificación, en el
cual se cumplimentaran las declaraciones responsables:
Jueves, 13 de enero de 2022
2286
3. Prever gastos indirectos no superiores al 10% del total de la subvención.
4. T
eniendo en cuenta las circunstancias que se han producido por la irrupción de la pandemia ocasionada por el COVID 19 en todo el mundo en los años 2020 y 2021 y su duración
y consecuencias a lo largo del año 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo
26.4 in fine del Decreto 5/2019 de 5 de febrero, la duración máxima prevista no podrá ser
superior a 12 meses.
5. Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 6.2 del Decreto 5/2019, de 5 de febrero, los
proyectos deberán contener la indicación de las fechas previstas de inicio y fin de la ejecución. La fecha de inicio prevista deberá estar comprendida, en todo caso, dentro del año
correspondiente a la convocatoria.
6. E
n esta convocatoria sólo se financiarán proyectos de una duración máxima de 12 meses.
El importe máximo a financiar será de 250.000 euros para las entidades solicitantes de
manera individual y de 260.000 euros para las agrupaciones de entidades.
7. L
as subvenciones concedidas por la AEXCID podrán alcanzar el 100% del coste total del
proyecto, siempre que el total de la subvención solicitada no supere la cantidad de 180.000
euros.
8. Para la solicitud de subvenciones superiores a lo indicado en el apartado anterior será necesaria la aportación del 5% sobre el importe de la subvención, que deberá ser sufragado con
aportación de fondos propios, con un mínimo del 1%, o procedentes de otros financiadores.
En todo caso, estas aportaciones serán siempre dinerarias y se aplicarán íntegramente a la
financiación de gastos directos.
Cuarto. Plazo, forma de presentación de solicitudes y documentación administrativa.
1. E
l plazo para la presentación de las solicitudes será de 25 días hábiles, a contar desde el
siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto de la misma en el Diario
Oficial de Extremadura, del que se dará traslado desde la Base de Datos Nacional de
Subvenciones.
2. Cada entidad podrá presentar una solicitud actuando en solitario y una más cuando forme
parte de una agrupación de entidades.
3. La falta de presentación de la solicitud en el plazo establecido en el punto 1 de este apartado impedirá la participación en la convocatoria y tendrá carácter insubsanable.
4. Todas las entidades participantes deberán aportar modelo de solicitud normalizado (Anexo
I) que incluirá el documento de formulación de proyecto, la matriz de planificación, en el
cual se cumplimentaran las declaraciones responsables: