Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2021063962)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2022.
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NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022
2281
convocatoria para el año 2022, como ya ocurriera con las convocatorias tanto del año 2020
como del 2021, la financiación de proyectos que tengan como finalidad contribuir al desarrollo humano y sostenible basado en la equidad de género, orientado a superar las asimetrías
globales, las desigualdades, el uso insostenible del ecosistema y a garantizar los Derechos
Humanos, con especial atención a la situación sanitaria, de acceso a derechos sociales básicos, así como a la situación económica o de seguridad alimentaria y otras situaciones de
vulneración de Derechos Humanos, provocadas por la pandemia del COVID-19 en los países
socios de la cooperación extremeña.
Por lo anteriormente expuesto, en virtud de la competencia que me atribuye el artículo 23.1 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
a propuesta de la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo, previa
autorización del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 3 de diciembre 2021,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. El objeto de la presente Resolución es aprobar la convocatoria periódica para la concesión
de subvenciones, en régimen ordinario de concurrencia competitiva, para la financiación de
proyectos de cooperación internacional para el desarrollo, de acuerdo con lo dispuesto en el
Título I (Disposiciones Generales) y en el Capítulo I (Subvenciones a proyectos de Cooperación Internacional para el desarrollo) del Título II (Disposiciones Específicas) del Decreto
5/2019, de 5 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en
materia de cooperación internacional para el desarrollo (DOE núm. 28, de 11 de febrero).
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 24.1 del Decreto 5/2019 de 5 de febrero, el
objeto de estas ayudas es la financiación de proyectos que tengan como finalidad contribuir
al desarrollo humano y sostenible basado en la equidad de género, orientado a superar las
asimetrías globales, las desigualdades, el uso insostenible del ecosistema y a garantizar
los Derechos Humanos de la población de los países socios, sin perjuicio de su concreción
en las respectivas convocatorias.
3. E
n previsión de dicha concreción, en consonancia con los esfuerzos nacionales e internacionales y con el llamamiento de los organismos internacionales del sistema de Naciones
Unidas para contener y enfrentar la crisis provocada por el COVID-19, será objeto de esta
convocatoria para el año 2022, la financiación de proyectos que tengan como finalidad
contribuir al desarrollo humano y sostenible basado en la equidad de género, orientado a
superar las asimetrías globales, las desigualdades, el uso insostenible del ecosistema y a
garantizar los Derechos Humanos, con especial atención a la situación sanitaria, de acceso
a derechos sociales básicos, así como a la situación económica o de seguridad alimentaria
y otras situaciones de vulneración de Derechos Humanos, provocadas por la pandemia del
COVID-19, en los países socios de la cooperación extremeña.
Jueves, 13 de enero de 2022
2281
convocatoria para el año 2022, como ya ocurriera con las convocatorias tanto del año 2020
como del 2021, la financiación de proyectos que tengan como finalidad contribuir al desarrollo humano y sostenible basado en la equidad de género, orientado a superar las asimetrías
globales, las desigualdades, el uso insostenible del ecosistema y a garantizar los Derechos
Humanos, con especial atención a la situación sanitaria, de acceso a derechos sociales básicos, así como a la situación económica o de seguridad alimentaria y otras situaciones de
vulneración de Derechos Humanos, provocadas por la pandemia del COVID-19 en los países
socios de la cooperación extremeña.
Por lo anteriormente expuesto, en virtud de la competencia que me atribuye el artículo 23.1 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
a propuesta de la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo, previa
autorización del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 3 de diciembre 2021,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. El objeto de la presente Resolución es aprobar la convocatoria periódica para la concesión
de subvenciones, en régimen ordinario de concurrencia competitiva, para la financiación de
proyectos de cooperación internacional para el desarrollo, de acuerdo con lo dispuesto en el
Título I (Disposiciones Generales) y en el Capítulo I (Subvenciones a proyectos de Cooperación Internacional para el desarrollo) del Título II (Disposiciones Específicas) del Decreto
5/2019, de 5 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en
materia de cooperación internacional para el desarrollo (DOE núm. 28, de 11 de febrero).
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 24.1 del Decreto 5/2019 de 5 de febrero, el
objeto de estas ayudas es la financiación de proyectos que tengan como finalidad contribuir
al desarrollo humano y sostenible basado en la equidad de género, orientado a superar las
asimetrías globales, las desigualdades, el uso insostenible del ecosistema y a garantizar
los Derechos Humanos de la población de los países socios, sin perjuicio de su concreción
en las respectivas convocatorias.
3. E
n previsión de dicha concreción, en consonancia con los esfuerzos nacionales e internacionales y con el llamamiento de los organismos internacionales del sistema de Naciones
Unidas para contener y enfrentar la crisis provocada por el COVID-19, será objeto de esta
convocatoria para el año 2022, la financiación de proyectos que tengan como finalidad
contribuir al desarrollo humano y sostenible basado en la equidad de género, orientado a
superar las asimetrías globales, las desigualdades, el uso insostenible del ecosistema y a
garantizar los Derechos Humanos, con especial atención a la situación sanitaria, de acceso
a derechos sociales básicos, así como a la situación económica o de seguridad alimentaria
y otras situaciones de vulneración de Derechos Humanos, provocadas por la pandemia del
COVID-19, en los países socios de la cooperación extremeña.