Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Comunicaciones. Concurso. (2022050008)
Orden de 30 de diciembre de 2021 por la que se convoca concurso público para el otorgamiento de 78 licencias de comunicación audiovisual para la prestación de servicios de radiodifusión sonora digital terrenal de ámbito local (DAB), de titularidad privada, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 8

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Jueves, 13 de enero de 2022

Se deberá aportar información completa de la duración de cada tipo de programa.
Se señalarán los supuestos de repetición o redifusión mediante el número de horas
y franjas horarias que se asigna a tal actividad para cada jornada semanal. De igual
modo, se determinará el número de horas que se pretenden dedicar a contenido
directamente relacionado con Extremadura y que fomente los valores culturales,
históricos, sociales y patrimoniales de la Comunidad Extremeña.
Los anteriores apartados deberán precisarse por el interesado conforme al cuadro
contenido en el Anexo VI.
Ha de tenerse en cuenta que no se considerarán programas radiofónicos las emisiones consistentes en sonidos constantes, reiterativos, no coincidentes con lo comprometido en la programación propuesta o sin ausencia de mensaje. Tampoco tendrán
tal consideración los tiempos destinados a la publicidad, televenta y juegos y concursos promocionales, incluidas las emisiones consistentes en consultas esotéricas y
juegos a distancia en directo con participación de los oyentes.
A su vez, para que se computen los puntos correspondientes a la programación
propuesta por el interesado, es imprescindible que la producción de la misma sea
compatible y viable con la plantilla de trabajadores que el interesado presente o proponga en el presente concurso, así como con el volumen de negocio del interesado,
el plan financiero y el plan de inversión.
Se entiende por producción propia aquella en la que el interesado posea el 100%
de los derechos de explotación, con independencia de que los medios de producción
sean internos o externos.
En relación a la parrilla semanal propuesta y los datos consignados en la misma se
valorará conforme a los siguientes criterios y puntuaciones:


C.1. S
 e puntuarán con hasta 45 puntos aquellas ofertas que sumen 60 o más horas
semanales de programación mediante producción propia, resultando una puntuación conforme a la siguiente tabla:

Horas semanales de programación de producción
Puntos
propia
60 o más horas

45 puntos

40 o más horas

30 puntos

30 o más horas

15 puntos

10 o más horas

5 puntos

Entre 5 y hasta 10 horas

1 punto

Menos de 5 horas

0 puntos