Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Comunicaciones. Concurso. (2022050008)
Orden de 30 de diciembre de 2021 por la que se convoca concurso público para el otorgamiento de 78 licencias de comunicación audiovisual para la prestación de servicios de radiodifusión sonora digital terrenal de ámbito local (DAB), de titularidad privada, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022
2217
expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de
las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T) y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones
vigentes, no tener deudas de carácter tributario con la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de que la justificación
acreditativa de este requisito deba quedar acreditada antes de la adjudicación por el interesado a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
3.f) Declaración responsable, debidamente suscrita, que deberá reunir el contenido requerido en el anexo II de las presentes bases, que se refiere también
al cumplimiento por el solicitante de lo previsto en los artículos 25 y 37 de
la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, en
relación al pluralismo en el mercado audiovisual radiofónico.
3.g) C
ertificación expedida por el órgano de dirección o representación de la sociedad acreditativa de que ningún miembro sus órganos de gobierno o de
administración forma parte de alguna de las personas a las que se refiere
la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la
Administración General del Estado, la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas,
Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o tratarse de cualquiera de los cargos
electos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen
Electoral General, en los términos establecidos en la misma (Anexo III).
3.h) L
as personas jurídicas presentarán declaración responsable donde se detalle
el capital social, incluyendo:
3.h) 1. Valor nominal de las acciones o participaciones.
3.h) 2
. Número de acciones o participaciones emitidas y el total de las autorizadas
a emitir.
3.h) 3
. Relación nominal de los titulares de las acciones o participaciones. A estos
efectos, se deberá aportar aquella documentación que permita la identificación, como titulares de acciones, participaciones o títulos equivalentes o con
cualquier otro carácter, de las personas individuales o jurídicas y su porcentaje de participación en el capital social y en los órganos de decisión y control de la persona jurídica solicitante de la licencia, o de cualquiera otra que,
de forma directa o indirecta, tenga alguna clase de titularidad, participación
o control en aquella, incluidos los acuerdos de programación o cualquier
Jueves, 13 de enero de 2022
2217
expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de
las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T) y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones
vigentes, no tener deudas de carácter tributario con la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de que la justificación
acreditativa de este requisito deba quedar acreditada antes de la adjudicación por el interesado a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
3.f) Declaración responsable, debidamente suscrita, que deberá reunir el contenido requerido en el anexo II de las presentes bases, que se refiere también
al cumplimiento por el solicitante de lo previsto en los artículos 25 y 37 de
la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, en
relación al pluralismo en el mercado audiovisual radiofónico.
3.g) C
ertificación expedida por el órgano de dirección o representación de la sociedad acreditativa de que ningún miembro sus órganos de gobierno o de
administración forma parte de alguna de las personas a las que se refiere
la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la
Administración General del Estado, la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas,
Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o tratarse de cualquiera de los cargos
electos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen
Electoral General, en los términos establecidos en la misma (Anexo III).
3.h) L
as personas jurídicas presentarán declaración responsable donde se detalle
el capital social, incluyendo:
3.h) 1. Valor nominal de las acciones o participaciones.
3.h) 2
. Número de acciones o participaciones emitidas y el total de las autorizadas
a emitir.
3.h) 3
. Relación nominal de los titulares de las acciones o participaciones. A estos
efectos, se deberá aportar aquella documentación que permita la identificación, como titulares de acciones, participaciones o títulos equivalentes o con
cualquier otro carácter, de las personas individuales o jurídicas y su porcentaje de participación en el capital social y en los órganos de decisión y control de la persona jurídica solicitante de la licencia, o de cualquiera otra que,
de forma directa o indirecta, tenga alguna clase de titularidad, participación
o control en aquella, incluidos los acuerdos de programación o cualquier