Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2021040181)
Decreto 144/2021, de 21 de diciembre, por el que se regula el programa "Un Autónomo-Un Empleo" destinado a la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada por parte de una persona trabajadora autónoma, así como el asesoramiento y acompañamiento a ésta, para su crecimiento empresarial, se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a su financiación y se aprueba la primera convocatoria del Programa I.
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NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022

2161

Artículo 31. Beneficiarios, número de empresas subvencionadas y zonificación.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas establecidas en el presente capítulo, las personas físicas o jurídicas especializadas que tengan como actividad principal la prestación de servicios
de asesoramiento dirigidos a aumentar la eficiencia y productividad de las organizaciones
empresariales, en concreto, de los beneficiarios del Programa l de este decreto.
El número de entidades solicitantes que podrán beneficiarse de la subvención objeto de este
programa será como máximo de diez entidades beneficiarias.
A cada empresa consultora se le asignará una media de 130 personas autónomas, beneficiarias del Programa I, con las que deberá llevar a cabo los objetivos indicados en el artículo
siguiente.
Para la asignación de las personas autónomas, se llevará a cabo una distribución de la Comunidad Autónoma de Extremadura en diez zonas y se atenderá al criterio de la proximidad
para dicha asignación.
Tomando como referencia el ámbito de actuación de los Centros de Empleo, las diez zonas
que se establecen son:
— Zona 1: Badajoz I, II y III.
— Zona 2: Mérida I, II y Montijo.
— Zona 3: Almendralejo-Villafranca de los Barros.
— Zona 4: Don Benito-Villanueva de la Serena-Guareña.
— Zona 5: Zafra-Fuente de Cantos, Llerena y Azuaga.
— Zona 6: Castuera, Cabeza del Buey y Orellana la Vieja.
— Zona 7: Cáceres, Trujillo, Cañamero y Miajadas.
— Zona 8: Valencia de Alcántara, Alburquerque y Brozas.
— Zona 9: Plasencia, Coria, Hoyos, Hervás y Casar de Palomero.
— Zona 10: Navalmoral de la Mata, Talayuela, Jaraiz de la Vera.
Artículo 32. Actuaciones del Programa II.
A las personas autónomas beneficiarias del Programa I se les asignará una empresa consultora debiendo recibir de ésta las herramientas suficientes para mejorar su funcionamiento y
conseguir lograr los resultados esperados.