Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2021040181)
Decreto 144/2021, de 21 de diciembre, por el que se regula el programa "Un Autónomo-Un Empleo" destinado a la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada por parte de una persona trabajadora autónoma, así como el asesoramiento y acompañamiento a ésta, para su crecimiento empresarial, se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a su financiación y se aprueba la primera convocatoria del Programa I.
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NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022

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3. L
 as personas interesadas pueden ejercitar, si lo desean, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos
personales, oponerse al mismo, solicitar, en su caso, la portabilidad de sus datos, así como
a no ser objeto de una decisión individual basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, de conformidad con la normativa aplicable. Pueden
presentar una reclamación ante el Delegado de Protección de Datos (dpd@juntaex.es), o
bien, ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://www.aepd.es/es)”.
Artículo 17. Régimen de incompatibilidades.
1. Las ayudas establecidas en el presente decreto son incompatibles con cualesquiera otras
para la misma o análoga finalidad, percibidas de ésta u otras administraciones públicas,
salvo con las bonificaciones o reducciones en cuotas de la Seguridad Social.
2. N
 o obstante lo anterior y con el objetivo de alcanzar una garantía de sostenibilidad de las
contrataciones subvencionadas, las ayudas del Programa I son expresamente compatibles
con:
a) Las ayudas reguladas por el Decreto 29/2021, de 21 de abril, o normativa que lo sustituya, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, Programa I, que pudieran solicitar las personas contratadas, causantes
de la subvención.
b) Las ayudas que subvencionan la transformación de las contrataciones temporales en
contrataciones indefinidas, concretamente, las reguladas en la Orden de 4 de marzo
de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el
fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, o a
través de la norma que la sustituya, y que pudieran solicitarse una vez haya transcurrido el período de quince meses de mantenimiento de las contrataciones objeto de las
presentes ayudas.
c) Cualquier otra ayuda que no tenga como objeto la financiación de la contratación temporal de trabajadores por cuenta ajena.
Artículo 18. Régimen comunitario de las ayudas.
1. Las ayudas establecidas en el presente decreto están acogidas al Reglamento (UE) n.°
1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE núm. L352, de 24 de diciembre de 2013), relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.