Presidencia De La Junta. Emigración. Ayudas. (2022060017)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas del Programa I para facilitar el retorno a Extremadura de las personas extremeñas en el exterior y sus familias, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022

1964

3. Lugar de procedencia. Lugar de residencia previa desde el que proceda la persona solicitante.
4. Unidad familiar. Se entiende por unidad familiar, a los efectos de las presentes bases, la
conformada, en el momento del retorno, por los extremeños en el exterior, por las personas unidas a éstos por matrimonio no separados legalmente o por unión análoga a la
conyugal que retornen con la persona solicitante; así como, en su caso, por los familiares
unidos a éstos por lazos de parentesco por consanguinidad o adopción o afinidad hasta el
primer grado que retornen con la persona solicitante, y que convivan con ésta en el mismo
domicilio.
Cuarto. Procedimiento de concesión y de convocatoria.
1. E
 l procedimiento para la concesión de esta línea de ayudas será el de concesión directa
mediante convocatoria pública abierta, en los términos establecidos en el capítulo III del
título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
2. L
 a convocatoria pública de estas ayudas se realizará mediante resolución de la Secretaría
General de la Presidencia de la Junta de Extremadura y se publicará junto con un extracto
de la misma en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura, en el Portal de Subvenciones y en el Portal de la Transparencia y de la Participación
Ciudadana de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes.
1. L
 as solicitudes se formalizarán en el modelo oficial que figuran como anexo I de la presente
convocatoria, y podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura hasta el 15 de octubre de 2022.
2. L
 os impresos de solicitud para cada uno de los dos programas de ayuda, se encontrarán a
disposición de las personas interesadas en el portal web de información al ciudadano de la
Junta de Extremadura.
http://ciudadano.gobex.es
3. L
 as solicitudes se formalizarán de acuerdo con el modelo normalizado que se acompaña
como anexo I e irán acompañadas de la documentación determinada en el resuelvo siguiente, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de
la Administración actuante, en cuyo caso el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el
artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de