Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021064066)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad y el Excmo. Ayuntamiento de Pinofranqueado por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2021 a favor del Ayuntamiento de Pinofranqueado para la financiación del proyecto "Convenio colector aguas residuales".
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022

1979

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN
ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE
PINOFRANQUEADO POR EL QUE SE CANALIZA LA SUBVENCIÓN
NOMINATIVA PREVISTA EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE
LA COMUNIDAD AUTÓNOMA PARA EL AÑO 2021 A FAVOR DEL
AYUNTAMIENTO DE PINOFRANQUEADO PARA LA FINANCIACIÓN DEL
PROYECTO “CONVENIO COLECTOR AGUAS RESIDUALES”.
Mérida, 23 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, D. Álvaro Jiménez García, Director General de Planificación e infraestructuras
Hidráulicas, en virtud del Decreto 139/2019, de 3 de septiembre, por el que se dispone su
nombramiento, y facultado para este acto por Resolución de 20 de noviembre de 2019, de
la Secretaria General, por la que se delegan competencias en materia de subvenciones (DOE
Núm.228, de 26 de noviembre), dictada conforme a lo previsto en los artículos 72 y 73 de la
Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Y de otra parte, D. José Luis Azabal Hernández, Alcalde – Presidente del Excmo. Ayuntamiento
de Pinofranqueado, (NIF.P1014900C), en uso de las atribuciones que le confiere el artículo
21.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo
41 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y con facultades
para este acto, según se desprende del Acuerdo adoptado en Pleno de sesión ordinaria de 11
de noviembre de 2021.
Los intervinientes actuando en el ejercicio de sus cargos y en la representación que ostentan,
se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad necesaria para obligarse en los términos
del presente Convenio y a tal efecto.
EXPONEN
Primero. Que la Constitución Española establece en el artículo 45.2 que los poderes públicos
han de velar por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger
y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la
indispensable solidaridad colectiva.
Por su parte, el artículo 7.8 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada
por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, dispone que los poderes públicos “velarán por
un uso racional de agua y por su distribución solidaria entre los ciudadanos que la precisen, de