Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2021064088)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales especializados dirigidos a personas con discapacidad para la prestación de servicios y el mantenimiento de plazas, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022
2004
Los impresos de solicitud y anexos estarán disponibles en la página web del SEPAD:
https://saludextremadura.ses.es/sepad/conciertos-y-subvenciones.
4. Una vez recibida la solicitud, si ésta y/o la documentación requerida presentara defectos o
resultara incompleta, se requerirá a la entidad interesada para que en el plazo de diez días
hábiles subsane la falta o acompañe la documentación que se determine, con indicación
de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que
deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto. Documentación.
La solicitud, debidamente cumplimentada en todos sus extremos, vendrá acompañada de la
siguiente documentación:
•
Declaración responsable de no hallarse incursas en ninguna de las circunstancias
recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo
dispuesto en el apartado 7 del citado artículo, o, en su caso, cumplimentarán el apartado
correspondiente en el modelo de solicitud de la subvención.
• Documento acreditativo de la representación que ostente la persona solicitante.
• Memoria explicativa que contendrá los siguientes datos: situación del centro y plantilla
de personal (Anexo II)
• La certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias emitido por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, para el caso de que la entidad no autorice
a que el órgano gestor recabe de oficio la documentación a emitir.
• Las certificaciones de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la
seguridad social, por la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y por la
Tesorería General de la Seguridad Social, para el caso de que la entidad se oponga a que
el órgano gestor recabe de oficio la documentación a emitir.
• Para las entidades privadas aportarán, además, la copia de sus Estatutos en el caso de
que se opongan a la consulta de oficio por el órgano gestor.
Miércoles, 12 de enero de 2022
2004
Los impresos de solicitud y anexos estarán disponibles en la página web del SEPAD:
https://saludextremadura.ses.es/sepad/conciertos-y-subvenciones.
4. Una vez recibida la solicitud, si ésta y/o la documentación requerida presentara defectos o
resultara incompleta, se requerirá a la entidad interesada para que en el plazo de diez días
hábiles subsane la falta o acompañe la documentación que se determine, con indicación
de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que
deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto. Documentación.
La solicitud, debidamente cumplimentada en todos sus extremos, vendrá acompañada de la
siguiente documentación:
•
Declaración responsable de no hallarse incursas en ninguna de las circunstancias
recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo
dispuesto en el apartado 7 del citado artículo, o, en su caso, cumplimentarán el apartado
correspondiente en el modelo de solicitud de la subvención.
• Documento acreditativo de la representación que ostente la persona solicitante.
• Memoria explicativa que contendrá los siguientes datos: situación del centro y plantilla
de personal (Anexo II)
• La certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias emitido por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, para el caso de que la entidad no autorice
a que el órgano gestor recabe de oficio la documentación a emitir.
• Las certificaciones de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la
seguridad social, por la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y por la
Tesorería General de la Seguridad Social, para el caso de que la entidad se oponga a que
el órgano gestor recabe de oficio la documentación a emitir.
• Para las entidades privadas aportarán, además, la copia de sus Estatutos en el caso de
que se opongan a la consulta de oficio por el órgano gestor.