Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2021064088)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales especializados dirigidos a personas con discapacidad para la prestación de servicios y el mantenimiento de plazas, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022
2001
Secretarios Generales de las Consejerías de la Junta de Extremadura, así como los Presidentes
o Directores de los organismos o entidades de derecho público de acuerdo con lo que se
establezca en su norma de creación...”.
La citada orden de 27 de abril de 2020, en su artículo 3, dispone que el procedimiento de
concesión de estas subvenciones será el de concesión directa mediante convocatoria abierta,
mediante resolución de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería competente
en materia de servicios sociales.
De conformidad con el artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo al procedimiento para la concesión de
subvenciones en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, en relación con
su artículo 23.1, la presente convocatoria corresponde a la Secretaria General de la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales, mediante resolución que se ajustará a lo establecido en el
Título II de la referida Ley 6/2011, de 23 de marzo. Dicha convocatoria deberá ser publicada en
el Diario Oficial de Extremadura, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, así como también en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación
Ciudadana conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de subvenciones, y en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones
En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVE
Primero. Objeto y Bases reguladoras.
1. El objeto de esta resolución es realizar la convocatoria pública periódica para la concesión
de subvenciones, en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta,
a ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales
especializados a personas con discapacidad, para el año 2022, reguladas en el Capítulo I
(disposiciones generales) y en la Sección primera del Capítulo II de la Orden de 27 de abril
de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por
la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la prestación de servicios y el desarrollo
de proyectos dirigidos a personas con discapacidad, trastorno mental grave o enfermedad
mental grave (DOE n.º 83 de 30 de abril de 2020).
2. E
stas subvenciones tienen como finalidad la financiación de la prestación de servicios
dirigidos a personas con discapacidad, bien sea mediante el mantenimiento de plazas ya
existentes, o bien mediante la creación de nuevas plazas o servicios, asegurando, por
una parte, la continuidad de la atención que precisan las personas usuarias y, por otra, el
Miércoles, 12 de enero de 2022
2001
Secretarios Generales de las Consejerías de la Junta de Extremadura, así como los Presidentes
o Directores de los organismos o entidades de derecho público de acuerdo con lo que se
establezca en su norma de creación...”.
La citada orden de 27 de abril de 2020, en su artículo 3, dispone que el procedimiento de
concesión de estas subvenciones será el de concesión directa mediante convocatoria abierta,
mediante resolución de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería competente
en materia de servicios sociales.
De conformidad con el artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo al procedimiento para la concesión de
subvenciones en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, en relación con
su artículo 23.1, la presente convocatoria corresponde a la Secretaria General de la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales, mediante resolución que se ajustará a lo establecido en el
Título II de la referida Ley 6/2011, de 23 de marzo. Dicha convocatoria deberá ser publicada en
el Diario Oficial de Extremadura, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, así como también en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación
Ciudadana conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de subvenciones, y en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones
En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVE
Primero. Objeto y Bases reguladoras.
1. El objeto de esta resolución es realizar la convocatoria pública periódica para la concesión
de subvenciones, en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta,
a ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales
especializados a personas con discapacidad, para el año 2022, reguladas en el Capítulo I
(disposiciones generales) y en la Sección primera del Capítulo II de la Orden de 27 de abril
de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por
la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la prestación de servicios y el desarrollo
de proyectos dirigidos a personas con discapacidad, trastorno mental grave o enfermedad
mental grave (DOE n.º 83 de 30 de abril de 2020).
2. E
stas subvenciones tienen como finalidad la financiación de la prestación de servicios
dirigidos a personas con discapacidad, bien sea mediante el mantenimiento de plazas ya
existentes, o bien mediante la creación de nuevas plazas o servicios, asegurando, por
una parte, la continuidad de la atención que precisan las personas usuarias y, por otra, el