Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2021064088)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales especializados dirigidos a personas con discapacidad para la prestación de servicios y el mantenimiento de plazas, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022
2012
Undécimo. Devolución voluntaria.
Conforme al artículo 17.3 de la Orden de 27 de abril de 2020 de bases reguladoras, la
devolución voluntaria de la subvención podrá llevarse a cabo por la entidad beneficiaria
mediante la cumplimentación del modelo 50, consignando los siguientes datos:
— Órgano Gestor: Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
_ Concepto: 114292 (reintegro de subvenciones atención a la dependencia, discapacidad
y salud mental).
— Datos del interesado
—
Datos de liquidación, apartado detalle: devolución voluntaria subvención servicio…
(detallar) anualidad 2022.
— Remitir el ejemplar para la administración al SEPAD, Unidad de Gestión de Programas
Asistenciales.
Duodécimo. Régimen jurídico.
En lo no previsto en esta convocatoria regirá lo dispuesto en la Orden de 27 de abril de 2020,
por el que se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales para la prestación de servicios y el desarrollo de proyectos
dirigidos a personas con discapacidad, trastorno mental grave o enfermedad mental grave; la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de
21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003; la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19
de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en las demás normas concordantes en
materia de subvenciones públicas.
Décimotercero. Aplicación de esta resolución.
La Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a
la Dependencia adoptará las medidas necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la
presente resolución.
Décimocuarto. Efectos.
Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y a la del
extracto, al que se refiere el artículo 16. q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Diario Oficial de Extremadura.
Miércoles, 12 de enero de 2022
2012
Undécimo. Devolución voluntaria.
Conforme al artículo 17.3 de la Orden de 27 de abril de 2020 de bases reguladoras, la
devolución voluntaria de la subvención podrá llevarse a cabo por la entidad beneficiaria
mediante la cumplimentación del modelo 50, consignando los siguientes datos:
— Órgano Gestor: Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
_ Concepto: 114292 (reintegro de subvenciones atención a la dependencia, discapacidad
y salud mental).
— Datos del interesado
—
Datos de liquidación, apartado detalle: devolución voluntaria subvención servicio…
(detallar) anualidad 2022.
— Remitir el ejemplar para la administración al SEPAD, Unidad de Gestión de Programas
Asistenciales.
Duodécimo. Régimen jurídico.
En lo no previsto en esta convocatoria regirá lo dispuesto en la Orden de 27 de abril de 2020,
por el que se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales para la prestación de servicios y el desarrollo de proyectos
dirigidos a personas con discapacidad, trastorno mental grave o enfermedad mental grave; la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de
21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003; la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19
de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en las demás normas concordantes en
materia de subvenciones públicas.
Décimotercero. Aplicación de esta resolución.
La Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a
la Dependencia adoptará las medidas necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la
presente resolución.
Décimocuarto. Efectos.
Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y a la del
extracto, al que se refiere el artículo 16. q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Diario Oficial de Extremadura.