Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022080003)
Anuncio de 22 de diciembre de 2021 por el que se hace pública la Memoria Ambiental del Plan General Municipal de Jerez de los Caballeros, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA10/3523.
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022

2039

La Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, en su Título II recoge el procedimiento administrativo que debe
seguir la referida evaluación ambiental, y que incluye en su artículo 12 la elaboración -con
carácter previo a la aprobación definitiva del plan o programa- de una preceptiva memoria
ambiental, por el órgano u órganos que las Comunidades Autónomas determinen y, en todo
caso, con el acuerdo del órgano ambiental. El Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se
aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental en la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece asimismo el procedimiento a seguir para la evaluación ambiental de planes y
programas incluyendo en el Capítulo III del Título II, las especialidades del procedimiento de
evaluación ambiental de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística. La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, es el órgano ambiental competente para la
evaluación de planes y programas.
El objeto de la memoria ambiental es valorar la integración de los aspectos ambientales en la
Propuesta del Plan, analizar el proceso de evaluación, el informe de sostenibilidad ambiental,
las consultas realizadas y la previsión de los impactos significativos de la aplicación del Plan.
Asimismo, en la memoria ambiental se incluyen las determinaciones finales que deban incorporarse a la propuesta del Plan.
3. E
 l proceso de evaluación ambiental del plan: su tramitación y desarrollo
El Plan General Municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz) se encuentra dentro del ámbito
de aplicación establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, por lo que debe
seguir para su aprobación un proceso de evaluación ambiental cuyas actuaciones principales,
según el artículo 7 de la citada ley, están constituidas por:
a) La elaboración de un informe de sostenibilidad ambiental (ISA)
b) La celebración de consultas
c) La elaboración de la memoria ambiental
d) La consideración del ISA, del resultado de las consultas y de la memoria ambiental en
la toma de decisiones
e) L
 a publicidad de la información sobre la aprobación del plan o programa
El procedimiento de Evaluación Ambiental se inició con la presentación del documento de
evaluación inicial del Plan General Municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz) redactado
por el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros (órgano promotor). Dicho documento fue recibido en la entonces Dirección General de Medio Ambiente (órgano ambiental) con fecha 28
de agosto de 2012.