Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022080003)
Anuncio de 22 de diciembre de 2021 por el que se hace pública la Memoria Ambiental del Plan General Municipal de Jerez de los Caballeros, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA10/3523.
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022
2071
Con respecto al estudio de inundabilidad del arroyo de la Granja y un tributario del
mismo a su paso por la zona de expansión de suelo urbanizable en el Complejo Siderúrgico, se concluye que hay una obra de fábrica que resulta insuficiente para absorber
la avenida que se presenta para el periodo de retorno de los 100 y 500 años (obra de
fábrica n.º 1, bajo traza de la carretera EX112, para el cauce del arroyo de la Granja).
En cuanto al estudio de inundabilidad del arroyo del Carbajo, se comprueba que tanto
la avenida extraordinaria para 500 años de periodo de retorno, como la ZFP determinadas, afectarían a una zona clasificada en el PGM como suelo urbano con uso residencial
al sureste de la pedanía de La Bazana.
Por otro lado, se señala que, en el interior del núcleo urbano de Jerez de los Caballeros,
existen varias captaciones de agua subterránea destinada a consumo humano, cuyo
perímetro de protección está incluidos en el registro de zonas protegidas de la DHGn,
recogidas en el Anexo 8 del Plan Hidrológico de la parte española de la DHGn, aprobado
por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero (BOE n.º 16 de 19/01/2016).
6.4. Vegetación
Los crecimientos derivados de la nueva ordenación que desencadenarían el principal
impacto sobre la vegetación. La mayor parte de los nuevos sectores planificados no
cuentan con vegetación arbórea, sino que se ubican en áreas antropizadas, colindantes
con el suelo urbano y en algunos casos con construcciones ya existentes o viales cercanos. En estos casos los efectos sobre la vegetación serán limitados. El efecto asociado
a la edificación deriva de la eliminación de especies originales y su sustitución por las
edificaciones, no obstante aunque se va a producir un desbroce parcial de la vegetación
actual sobre todo en suelo residencial e industrial, se propone la integración de esta vegetación en zonas verdes, parques, jardines, etc. por ello, aunque se genera un efecto
negativo sobre la vegetación, este resulta compatible por la alternativa seleccionada y
la medidas preventivas y correctoras aplicadas.
En cuanto a la afección a hábitats de la Directiva Hábitats 92/43/CEE, se ha detectado
que en el término municipal se localizan los siguientes:
— 5030: Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos
— 6220: Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea
— 6310: Dehesas perennifolias de Quercus spp.
— 6420: Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion
Miércoles, 12 de enero de 2022
2071
Con respecto al estudio de inundabilidad del arroyo de la Granja y un tributario del
mismo a su paso por la zona de expansión de suelo urbanizable en el Complejo Siderúrgico, se concluye que hay una obra de fábrica que resulta insuficiente para absorber
la avenida que se presenta para el periodo de retorno de los 100 y 500 años (obra de
fábrica n.º 1, bajo traza de la carretera EX112, para el cauce del arroyo de la Granja).
En cuanto al estudio de inundabilidad del arroyo del Carbajo, se comprueba que tanto
la avenida extraordinaria para 500 años de periodo de retorno, como la ZFP determinadas, afectarían a una zona clasificada en el PGM como suelo urbano con uso residencial
al sureste de la pedanía de La Bazana.
Por otro lado, se señala que, en el interior del núcleo urbano de Jerez de los Caballeros,
existen varias captaciones de agua subterránea destinada a consumo humano, cuyo
perímetro de protección está incluidos en el registro de zonas protegidas de la DHGn,
recogidas en el Anexo 8 del Plan Hidrológico de la parte española de la DHGn, aprobado
por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero (BOE n.º 16 de 19/01/2016).
6.4. Vegetación
Los crecimientos derivados de la nueva ordenación que desencadenarían el principal
impacto sobre la vegetación. La mayor parte de los nuevos sectores planificados no
cuentan con vegetación arbórea, sino que se ubican en áreas antropizadas, colindantes
con el suelo urbano y en algunos casos con construcciones ya existentes o viales cercanos. En estos casos los efectos sobre la vegetación serán limitados. El efecto asociado
a la edificación deriva de la eliminación de especies originales y su sustitución por las
edificaciones, no obstante aunque se va a producir un desbroce parcial de la vegetación
actual sobre todo en suelo residencial e industrial, se propone la integración de esta vegetación en zonas verdes, parques, jardines, etc. por ello, aunque se genera un efecto
negativo sobre la vegetación, este resulta compatible por la alternativa seleccionada y
la medidas preventivas y correctoras aplicadas.
En cuanto a la afección a hábitats de la Directiva Hábitats 92/43/CEE, se ha detectado
que en el término municipal se localizan los siguientes:
— 5030: Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos
— 6220: Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea
— 6310: Dehesas perennifolias de Quercus spp.
— 6420: Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion