Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Teatro. Danza. Música. Ayudas. (2021063973)
Resolución de 7 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la producción teatral, de danza, espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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NÚMERO 6

1800

Martes, 11 de enero de 2022

• Presupuestos de más de 70.000,00 hasta 75.000,00: 42.000,00 €.
• Presupuestos de más de 75.000,00 hasta 80.000,00: 45.000,00 €.
• Presupuestos de más de 80.000,00 hasta 85.000,00: 48.000,00 €.
• Presupuestos de más de 85.000,00: 50.000,00 €.
2. La cantidad máxima de la ayuda no superará los 50.000 euros, ni el 60% del importe del
presupuesto de producción aprobado, (IVA excluido).
Noveno. Solicitudes y plazo de presentación.
1. 
Las subvenciones se concederán a solicitud de los interesados, previa tramitación del
oportuno expediente administrativo. (La solicitud y el resto de anexos se podrán descargar
en el siguiente portal https://ciudadano.gobex.es/ en la oficina virtual, sección trámites,
buscador de trámites, texto: producción teatral).
2. L
 as solicitudes de ayuda se formalizarán en el impreso o modelo oficial que figura como
anexo I, y se dirigirá a la Secretaría General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria y su extracto en el Diario
Oficial de Extremadura de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.q) de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación y procediéndose a su archivo,
las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en la presente resolución.
3. D
 ichas solicitudes podrán presentarse en cualquiera de los registros u oficinas a que se
refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta
un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el
ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia
con lo dispuesto artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de que se optara por presentar
la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que el impreso de
solicitud sea fechado y sellado antes de ser certificado.
De la misma forma, la presentación de las solicitudes podrá realizarse de forma electrónica
a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf

en

los

términos

del