Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021064063)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina de cebo, cuyo promotor es Miguel Ángel Cabanillas Duarte, en el término municipal de Zafra. Expte.: IA20/1710.
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NÚMERO 6
Martes, 11 de enero de 2022
1865
ubican a unos 120 metros al sur de dicho cauce, por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Aguas (TRLA), ni a las zonas de servidumbre y policía. En cuanto al consumo de agua a
documentación aportada por el promotor no cuantifica las necesidades hídricas totales de la
actividad del proyecto. Simplemente se indica que el agua provendrá de un pozo. Siendo el
número de cabezas de la explotación de 1.999 y considerando las necesidades unitarias por
tipo de ganado contempladas en la tabla 48 de Anejo 4 a la Memoria del Plan Hidrológico de
la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn) DHGn, aprobado por
el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero (B.O.E. n.º 16, de 19/01/2016), (2,87 porcino m3/cabeza/año), las necesidades hídricas ascenderían a 5.737,13 m3/año, sólo para bebida de los
animales. Consultadas las bases de datos obrantes en este Organismo, se ha comprobado
que no consta ningún expediente administrativo asociado a captación de aguas subterráneas en la parcela de actuación para el uso pretendido. En cuanto a los vertidos indica una
serie de medidas que han sido tenidos en cuenta en este informe.
• El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, con fecha 24 de junio de
2021, informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de
forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000 y al resto de áreas protegidas, siempre que se tengan en cuenta una serie de medidas que han sido tenidas en cuenta
en el presente informe.
Durante el procedimiento de evaluación también se solicitó y recibió informe del Agente del
Medio Natural.
3. A
nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria previsto en la Subsección 1ª de la Sección 2ª del Capítulo VII del Título I, según los
criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. C
aracterísticas del proyecto.
El objeto del proyecto es la instalación de una explotación porcina de cebo con una capacidad de 1.999 cerdos de cebo, en régimen intensivo. La explotación porcina se localiza en el
polígono 61, parcela 2, con una superficie de 31,94 hectáreas, en el término municipal de
Zafra. Para el desarrollo de la actividad, la explotación porcina dispondrá de las siguientes
Martes, 11 de enero de 2022
1865
ubican a unos 120 metros al sur de dicho cauce, por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Aguas (TRLA), ni a las zonas de servidumbre y policía. En cuanto al consumo de agua a
documentación aportada por el promotor no cuantifica las necesidades hídricas totales de la
actividad del proyecto. Simplemente se indica que el agua provendrá de un pozo. Siendo el
número de cabezas de la explotación de 1.999 y considerando las necesidades unitarias por
tipo de ganado contempladas en la tabla 48 de Anejo 4 a la Memoria del Plan Hidrológico de
la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn) DHGn, aprobado por
el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero (B.O.E. n.º 16, de 19/01/2016), (2,87 porcino m3/cabeza/año), las necesidades hídricas ascenderían a 5.737,13 m3/año, sólo para bebida de los
animales. Consultadas las bases de datos obrantes en este Organismo, se ha comprobado
que no consta ningún expediente administrativo asociado a captación de aguas subterráneas en la parcela de actuación para el uso pretendido. En cuanto a los vertidos indica una
serie de medidas que han sido tenidos en cuenta en este informe.
• El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, con fecha 24 de junio de
2021, informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de
forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000 y al resto de áreas protegidas, siempre que se tengan en cuenta una serie de medidas que han sido tenidas en cuenta
en el presente informe.
Durante el procedimiento de evaluación también se solicitó y recibió informe del Agente del
Medio Natural.
3. A
nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria previsto en la Subsección 1ª de la Sección 2ª del Capítulo VII del Título I, según los
criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. C
aracterísticas del proyecto.
El objeto del proyecto es la instalación de una explotación porcina de cebo con una capacidad de 1.999 cerdos de cebo, en régimen intensivo. La explotación porcina se localiza en el
polígono 61, parcela 2, con una superficie de 31,94 hectáreas, en el término municipal de
Zafra. Para el desarrollo de la actividad, la explotación porcina dispondrá de las siguientes