Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0097)
Acuerdo de 27 de mayo de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Montijo, consistente en la recalificación de suelo no urbanizable a suelo urbanizable de uso industrial-servicios, creándose la SAU-13 homologada.
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NÚMERO 6

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Martes, 11 de enero de 2022

— Se deberán mantener y respetar todas las infraestructuras y servidumbres de paso necesarias para el normal funcionamiento del riego de las zonas limítrofes.
—
Se deberán mantener el porcentaje de áreas verdes establecidas por la normativa
sectorial.
— Se respetará la vegetación natural existente en las lindes y en los regatos o zonas de
Dominio Público Hidráulico que puedan existir.
Asimismo cualquier proyecto de actividad que se pretenda realizar o esté realizado en este
suelo deberá contar con los instrumentos de intervención ambiental pertinentes según lo
establecido en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, así como en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que
se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de
autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que
permitan establecer los sistemas de prevención de impactos por emisiones, inmisiones o
vertidos de sustancias o mezclas potencialmente contaminantes.
5º. Características esenciales de la nueva ordenación.
Se pretende la reclasificación de las parcelas catastrales n.º. 254, 253, 252, 251, 250 y 98
del Polígono 11 de Montijo, innovando el planeamiento municipal a fin de reclasificación de
suelo no urbanizable en suelo urbanizable, a fin de su inmediato desarrollo, completando
las infraestructuras urbanísticas preexistentes con ocasión de la existencia de ocho naves
industriales ejecutadas bajo expedientes de utilidad pública en los años 90, y todo ello, por
encontrarse dentro la secuencia lógica del desarrollo del Planeamiento Municipal , conforme
el orden básico de prioridades del municipio. Creando y delimitando el Sector SAU-13 y la
unidad de actuación que lo conforma y su correspondiente Homologación.
6º. Modificación articulado Normas Subsidiarias Montijo.
Modificación Ordenanzas reguladoras:
* Artículo 9.4. Contenido y ámbitos de aplicación de las condiciones particulares. En la
relación contenida en el apartado 2, que determina “Las normas Subsidiarias en función
de los objetivos que persiguen distinguen los siguientes ámbitos”:
Se añade un nuevo ámbito:

I.4- Periferia Industrial Ctra.-328