Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2021064080)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de determinados programas de subvenciones en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.
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NÚMERO 5

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Lunes, 10 de enero de 2022

Cuando no exista en el municipio o la comunidad autónoma un modelo para la
evaluación de la conservación del edificio desarrollado en la respectiva
normativa, se deberá elaborar un informe que contenga, al menos, los siguientes
apartados:
A. Datos generales del edificio:
i. Parcela (superficie).
ii. Edificio (tipología; superficie construida; altura; año de construcción;
documentación gráfica: planos y fotografías).
iii. Número de plantas (sobre rasante; bajo rasante) y usos secundarios.
iv. Viviendas (número; superficie).
v. Locales (número; superficie).
vi. Aparcamiento (superficie; número de plazas).
vii. Núcleos de comunicación vertical (número; con/sin ascensor).
viii. Archivos gráficos: se incluirá, al menos, plano de emplazamiento y
fotografía de la fachada o fachadas.
B. Documentación administrativa (licencias o expedientes).
C. Descripción de los sistemas constructivos del edificio:
i. Cimentación.
ii. Estructura.
iii. Cerramientos verticales y cubiertas.
iv. Instalaciones
D. Estado de conservación:
i. Datos generales de la inspección.
ii. Histórico de inspecciones previas.
iii. Valoración del estado de conservación del edificio:
Cimentación.
Estructura.
Cerramientos verticales y cubiertas.
Instalaciones.
iv. Existencia de peligro inminente.
v. Valoración final del estado de conservación del edificio
vi. Descripción de las deficiencias de conservación del edificio.
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