Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021064016)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa para la realización de prácticas académicas externas y trabajos fin de estudios, entre la Universidad de Sevilla y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 5
1471
Lunes, 10 de enero de 2022
Estudiante Universitario, así como el Acuerdo único/CU 05/02/2009, por el que se aprueba
el Reglamento General de Actividades Docentes de la Universidad de Sevilla (publicado
en el BOUS n.º 2/2009, de 10 de febrero, objeto de modificación por Acuerdo 2/CU de
19/05/2010, publicado en el BOUS n.º 5/2010, de 20 de mayo), en el que se regulan las
Enseñanzas Propias de la US, y el Acuerdo 5.2/CG 27/02/2019 por el que se aprueba el
Reglamento de Enseñanzas Propias del Centro de Formación Permanente.
Por todo ello, deciden suscribir el presente Convenio de Cooperación Educativa de acuerdo
con las siguientes
CLÁUSULAS
1ª. Á
mbito de aplicación. El presente convenio será de aplicación para la realización de prácticas académicas externas, curriculares y extracurriculares, y para la realización de trabajos fin de estudios (Grado y Máster) en centros dependientes de la Consejería por los
estudiantes matriculados en cualquier enseñanza impartida por la Universidad, en los
términos recogidos en la Normativa de Prácticas Académicas Externas y en la Normativa
de Trabajos Fin de Estudios de la Universidad.
2ª. Proyecto formativo. El proyecto formativo de las prácticas a realizar por los estudiantes
deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a desarrollar y figurará como anexo
a este convenio en cada una de las modalidades de prácticas. Así mismo los contenidos
de la práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias
a adquirir con los estudios cursados.
El proyecto formativo de los trabajos a realizar por los estudiantes deberá fijar el tema
y título aproximado del trabajo, una breve descripción de los objetivos y las actividades
a desarrollar y figurará en el anexo de este convenio en cada una de las modalidades de
trabajo. Así mismo el desarrollo del trabajo se definirá de forma que aseguren la relación
directa con los contenidos adquiridos en los estudios cursados.
En todo caso, se procurará que el proyecto formativo se conforme siguiendo los principios
de inclusión, igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
3ª. Oferta y demanda de prácticas. Las características concretas de la oferta de prácticas
serán determinadas por la Consejería y se remitirán por escrito o en la oferta realizada a
través de la aplicación informática institucional que tenga dispuesta la Universidad para la
gestión de las prácticas externas curriculares y extracurriculares.
El procedimiento de solicitud, selección y adjudicación de las prácticas será determinado,
en el caso de prácticas curriculares, por el Centro donde se imparta la titulación y, en el
1471
Lunes, 10 de enero de 2022
Estudiante Universitario, así como el Acuerdo único/CU 05/02/2009, por el que se aprueba
el Reglamento General de Actividades Docentes de la Universidad de Sevilla (publicado
en el BOUS n.º 2/2009, de 10 de febrero, objeto de modificación por Acuerdo 2/CU de
19/05/2010, publicado en el BOUS n.º 5/2010, de 20 de mayo), en el que se regulan las
Enseñanzas Propias de la US, y el Acuerdo 5.2/CG 27/02/2019 por el que se aprueba el
Reglamento de Enseñanzas Propias del Centro de Formación Permanente.
Por todo ello, deciden suscribir el presente Convenio de Cooperación Educativa de acuerdo
con las siguientes
CLÁUSULAS
1ª. Á
mbito de aplicación. El presente convenio será de aplicación para la realización de prácticas académicas externas, curriculares y extracurriculares, y para la realización de trabajos fin de estudios (Grado y Máster) en centros dependientes de la Consejería por los
estudiantes matriculados en cualquier enseñanza impartida por la Universidad, en los
términos recogidos en la Normativa de Prácticas Académicas Externas y en la Normativa
de Trabajos Fin de Estudios de la Universidad.
2ª. Proyecto formativo. El proyecto formativo de las prácticas a realizar por los estudiantes
deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a desarrollar y figurará como anexo
a este convenio en cada una de las modalidades de prácticas. Así mismo los contenidos
de la práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias
a adquirir con los estudios cursados.
El proyecto formativo de los trabajos a realizar por los estudiantes deberá fijar el tema
y título aproximado del trabajo, una breve descripción de los objetivos y las actividades
a desarrollar y figurará en el anexo de este convenio en cada una de las modalidades de
trabajo. Así mismo el desarrollo del trabajo se definirá de forma que aseguren la relación
directa con los contenidos adquiridos en los estudios cursados.
En todo caso, se procurará que el proyecto formativo se conforme siguiendo los principios
de inclusión, igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
3ª. Oferta y demanda de prácticas. Las características concretas de la oferta de prácticas
serán determinadas por la Consejería y se remitirán por escrito o en la oferta realizada a
través de la aplicación informática institucional que tenga dispuesta la Universidad para la
gestión de las prácticas externas curriculares y extracurriculares.
El procedimiento de solicitud, selección y adjudicación de las prácticas será determinado,
en el caso de prácticas curriculares, por el Centro donde se imparta la titulación y, en el