Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021064076)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Consejera, relativa a la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Alburquerque, consistente en permutar la calificación de zona verde a residencial, de terrenos sitos en c/ Dehesa y c/ Rosalía de Castro. Alburquerque.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 5
Lunes, 10 de enero de 2022
1510
redistribución de las zonas verdes no responde a intereses privados, sino a la necesidad
que tiene el municipio de disponer de suelo para construir viviendas de protección pública.
Dado que la ejecución del planeamiento implicaría el derribo de las zonas verdes y edificio
dotacional existentes en la parcela situada en la calle Dehesa, la modificación propuesta
tiene como objetivo optimizar los recursos económicos del Ayuntamiento y mediante la
permuta planteada recoger en el planeamiento la realidad existente liberando de esta
manera el suelo de la calle Rosalía de Castro para poder construir en él viviendas de protección pública. Por todo ello se considera justificado el interés general de la modificación.
4.5 J ustificación del artículo 82.6 de la Ley 115/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura.
De acuerdo con el artículo 82.6 de la LSOTEX cuando una modificación de la ordenación
urbanística varíe la densidad o la edificabilidad o modifique los usos del suelo, deberá hacerse constar en el expediente la identidad de todos los propietarios o titulares de otros
derechos reales sobre las fincas afectadas durante los cinco años anteriores a su iniciación.
Los terrenos situados en la calle Dehesa fueron titularidad de la Junta de Extremadura
hasta que en el año 2013 ésta los cedió al Ayuntamiento de Alburquerque. Por tanto en el
momento de la aprobación inicial de la modificación por el Pleno del Ayuntamiento (30 de
julio de 2009) el titular era la Junta de Extremadura, motivo por el que se le dio traslado
del acuerdo plenario a la Consejería de Administración Pública y Hacienda.
Consultados los datos de la Sede Electrónica de Castro se observa que la parcela situada en
la calle Rosalía de Castro con referencia catastral 2437601PD7423N0001UL, ha tenido como
titular al Ayuntamiento de Alburquerque, al menos desde el año 1996.
5. DOCUMENTACIÓN DE LAS NNSS AFECTADA POR LA MODIFICACIÓN
La modificación que nos ocupa únicamente afecta a la planimetría referente al suelo urbano.
Los planos que sufren modificación son:
01. CATÁLOGO DE EDIFICIOS E INMUEBLES.
02. ESTRUCTURA URBANA PROPUESTA.
03. USOS PORMENORIZADOS Y ORDENANZAS.
04. ALINEACIONES, RASANTES Y ALTURAS DE LA EDIFICACIÓN, DELIMITACIÓN DE LAS
UNIDADES DE ACTUACIÓN EN SUELO URBANO.
06. UNIDADES DE ACTUACIÓN EN SUELO URBANO.
Lunes, 10 de enero de 2022
1510
redistribución de las zonas verdes no responde a intereses privados, sino a la necesidad
que tiene el municipio de disponer de suelo para construir viviendas de protección pública.
Dado que la ejecución del planeamiento implicaría el derribo de las zonas verdes y edificio
dotacional existentes en la parcela situada en la calle Dehesa, la modificación propuesta
tiene como objetivo optimizar los recursos económicos del Ayuntamiento y mediante la
permuta planteada recoger en el planeamiento la realidad existente liberando de esta
manera el suelo de la calle Rosalía de Castro para poder construir en él viviendas de protección pública. Por todo ello se considera justificado el interés general de la modificación.
4.5 J ustificación del artículo 82.6 de la Ley 115/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura.
De acuerdo con el artículo 82.6 de la LSOTEX cuando una modificación de la ordenación
urbanística varíe la densidad o la edificabilidad o modifique los usos del suelo, deberá hacerse constar en el expediente la identidad de todos los propietarios o titulares de otros
derechos reales sobre las fincas afectadas durante los cinco años anteriores a su iniciación.
Los terrenos situados en la calle Dehesa fueron titularidad de la Junta de Extremadura
hasta que en el año 2013 ésta los cedió al Ayuntamiento de Alburquerque. Por tanto en el
momento de la aprobación inicial de la modificación por el Pleno del Ayuntamiento (30 de
julio de 2009) el titular era la Junta de Extremadura, motivo por el que se le dio traslado
del acuerdo plenario a la Consejería de Administración Pública y Hacienda.
Consultados los datos de la Sede Electrónica de Castro se observa que la parcela situada en
la calle Rosalía de Castro con referencia catastral 2437601PD7423N0001UL, ha tenido como
titular al Ayuntamiento de Alburquerque, al menos desde el año 1996.
5. DOCUMENTACIÓN DE LAS NNSS AFECTADA POR LA MODIFICACIÓN
La modificación que nos ocupa únicamente afecta a la planimetría referente al suelo urbano.
Los planos que sufren modificación son:
01. CATÁLOGO DE EDIFICIOS E INMUEBLES.
02. ESTRUCTURA URBANA PROPUESTA.
03. USOS PORMENORIZADOS Y ORDENANZAS.
04. ALINEACIONES, RASANTES Y ALTURAS DE LA EDIFICACIÓN, DELIMITACIÓN DE LAS
UNIDADES DE ACTUACIÓN EN SUELO URBANO.
06. UNIDADES DE ACTUACIÓN EN SUELO URBANO.