Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Juventud. Ayudas. (2021064100)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo de Proyectos de Interés General a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 5
Lunes, 10 de enero de 2022

1626

20001210, denominado “Ayudas al Movimiento Asociativo Juvenil”, por un importe máximo
de seiscientos veinticinco mil euros (625.000,00 €), con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura del año 2022, y de acuerdo con el siguiente
desglose, de acuerdo con el siguiente desglose
Línea I. Ayudas a Asociaciones Juveniles y entidades asimiladas a las mismas. Importe
máximo: trescientos setenta y cinco mil euros (375.000,00 €).
Línea II. Ayudas a Entidades prestadoras de servicios a la Juventud. Importe máximo:
doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €).
2. D
 e conformidad con lo establecido en el artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los créditos presupuestarios
a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima de las subvenciones convocadas,
podrá aumentarse hasta un 20 % de la cuantía inicial, o hasta la cuantía que corresponda
cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o
se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de las
mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria.
3. La tramitación anticipada de los expedientes no podrá llegar más allá de la autorización
del gasto, quedando sometida, la presente convocatoria a la condición suspensiva de que
exista crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el 2022.
Duodécimo. Justificación de las subvenciones.
1. L
 as justificaciones por las entidades beneficiarias, del cumplimiento de las condiciones
impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención, revestirá la modalidad de cuenta justificativa.
2. L
 a cuenta justificativa contendrá, en todo caso, la siguiente documentación:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas
en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los
resultados obtenidos.
b) Memoria o dossier de publicidad del proyecto donde se refleje claramente la financiación
o cofinanciación, según proceda, conforme a las siguientes prescripciones: Deberá
figurar la indicación “Proyecto subvencionado por la Junta de Extremadura. Consejería
de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo. Instituto de la Juventud de Extremadura”,
así como el logotipo del Instituto de la Juventud de Extremadura y del VII Plan de
Juventud de Extremadura.