Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2021064091)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de atención a personas con trastorno mental grave o enfermedad mental grave para el año 2022.
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NÚMERO 4
Viernes, 7 de enero de 2022
1372
• Procedimiento de intervención: actividades e instrumentos de evaluación.
• Recursos personales destinados al desarrollo del programa.
• Recursos materiales destinados al desarrollo del programa
• Destinatarios y perfil: número de beneficiarios y necesidades específicas de
intervención.
• Descripción de la participación de las personas usuarias en actividades en la
comunidad.
• Descripción de la coordinación con recursos comunitarios.
• Seguimiento de las personas usuarias: descripción de las herramientas de seguimiento de la evolución de las personas usuarias
• Evaluación del proyecto: descripción de las herramientas de medición de los
resultados del proyecto.
b) Continuidad del proyecto, hasta un máximo de 3 puntos:
• Si se vienen prestando y se financian por el SEPAD desde hace 5 años o más:
3 puntos.
• Si se vienen prestando y se financian por el SEPAD desde hace 1 a 4 años: 1
punto.
c) No existen proyectos destinados a la misma finalidad en su localidad, con cargo a
la misma línea de financiación: 2 puntos.
Para pasar a la segunda fase es necesario obtener un mínimo de 6 puntos en la
primera fase.
2.ª Fase de Valoración. Los proyectos que hayan obtenido la puntuación mínima
exigida para la primera fase de valoración pasarán a una segunda fase, en la
que serán valorados conforme al número de personas usuarias atendidas, hasta
un máximo de 4 puntos que se sumarían a la puntuación obtenida en la fase
anterior:
• 40 o más personas usuarias: 4 puntos.
• Entre 31 y 39 personas usuarias: 3 puntos.
Viernes, 7 de enero de 2022
1372
• Procedimiento de intervención: actividades e instrumentos de evaluación.
• Recursos personales destinados al desarrollo del programa.
• Recursos materiales destinados al desarrollo del programa
• Destinatarios y perfil: número de beneficiarios y necesidades específicas de
intervención.
• Descripción de la participación de las personas usuarias en actividades en la
comunidad.
• Descripción de la coordinación con recursos comunitarios.
• Seguimiento de las personas usuarias: descripción de las herramientas de seguimiento de la evolución de las personas usuarias
• Evaluación del proyecto: descripción de las herramientas de medición de los
resultados del proyecto.
b) Continuidad del proyecto, hasta un máximo de 3 puntos:
• Si se vienen prestando y se financian por el SEPAD desde hace 5 años o más:
3 puntos.
• Si se vienen prestando y se financian por el SEPAD desde hace 1 a 4 años: 1
punto.
c) No existen proyectos destinados a la misma finalidad en su localidad, con cargo a
la misma línea de financiación: 2 puntos.
Para pasar a la segunda fase es necesario obtener un mínimo de 6 puntos en la
primera fase.
2.ª Fase de Valoración. Los proyectos que hayan obtenido la puntuación mínima
exigida para la primera fase de valoración pasarán a una segunda fase, en la
que serán valorados conforme al número de personas usuarias atendidas, hasta
un máximo de 4 puntos que se sumarían a la puntuación obtenida en la fase
anterior:
• 40 o más personas usuarias: 4 puntos.
• Entre 31 y 39 personas usuarias: 3 puntos.