Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2021064091)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de atención a personas con trastorno mental grave o enfermedad mental grave para el año 2022.
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NÚMERO 4
Viernes, 7 de enero de 2022

1382

• Concepto: 114292 (reintegro de subvenciones atención a la dependencia, discapacidad
y salud mental).
• Datos del interesado
• Datos de liquidación, apartado detalle: devolución voluntaria subvención “trastorno mental grave” (detallar nombre del programa) anualidad 2022.
• Remitir el ejemplar para la administración al SEPAD, Unidad de Gestión de Programas
Asistenciales.
Décimo tercero. Régimen jurídico.
En lo no previsto en esta convocatoria regirá lo dispuesto en la Orden de 27 de abril de 2020,
por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales para la prestación de servicios y el desarrollo de proyectos
dirigidos a personas con discapacidad, trastorno mental grave o enfermedad mental grave; la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de
21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003; la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19
de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en las demás normas concordantes en
materia de subvenciones públicas.
Décimo cuarto. Aplicación de esta resolución.
La Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la
Dependencia adoptará las medidas necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente resolución.
Décimo quinto. Efectos.
Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y a la del extracto, al que se refiere el artículo 16. q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra esta resolución de convocatoria, que no pone fin la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, según lo previsto en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del