Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021064019)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), y la Agencia Extremeña de la Energía (AGENEX) para financiar el desarrollo de los instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible de los centros del Servicio Extremeño Público de Empleo mediante transferencia específica de carácter plurianual.
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NÚMERO 4
Viernes, 7 de enero de 2022

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Cualquiera de las partes podrá ejercitar sus derechos de oposición, acceso, rectificación y
cancelación.
Asimismo, las partes hacen constar de forma expresa que se abstendrán de hacer ningún tipo
de tratamiento de los datos personales de que dispongan, como consecuencia de la firma de
este convenio, salvo aquel que sea estrictamente necesario para las finalidades del mismo. En
este sentido, se comprometen, especialmente, a no ceder a terceros los datos mencionados o
los archivos que los contienen, así como a guardar estricta confidencialidad sobre los mismos.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes firmantes declaran que cumplirán, bajo su única y total
responsabilidad, todas las obligaciones que les sean exigibles, en aplicación de la normativa
de protección de datos de carácter personal, entre ellas, cumplir los requisitos de información
dispuestos en el artículo 5 de la LOPD y recabar el consentimiento de los titulares de los datos
que vayan a ser objeto de tratamiento, cuando la citada ley así lo prevea. Asimismo, se comprometen a aplicar las medidas de seguridad que dicha ley establezca.
La Agencia Extremeña de la Energía no podrá hacer público ninguno de los datos de los trabajos a los que se refiere el presente convenio sin autorización expresa de la Consejería de
Educación y Empleo.
Sexta. Ejecución del programa de actividades.
1. La Agencia Extremeña de la Energía ejecutará las actividades descritas en el Anexo I de
acuerdo al plan de trabajo establecido para cada una de ellas en el mismo, y con arreglo a
los presupuestos asignados a cada actividad. Asimismo, informará sobre el nivel de logro
de los objetivos y las actividades marcadas de acuerdo con la matriz de indicadores que
también se detalla en el Anexo I.
2. L
 a financiación de las actividades con cargo a la presente transferencia específica alcanzarán a todos los gastos derivados de su desarrollo ocasionados entre el 21 de octubre de
2021 y el 30 de septiembre de 2022, ambos incluidos.
Séptima. Planes de contingencia por los efectos del Covid19 en la ejecución de las
actividades.
1. En el caso de circunstancias sobrevenidas que provoquen condiciones adversas derivadas
de la pandemia COVID-19, que impidan o condicionen la ejecución de las actividades previstas en el presente convenio, AGENEX propondrá a la Comisión de Seguimiento la aplicación de planes de contingencia.
2. Los planes de contingencia serán aprobados por Acuerdo del Consejo de Gobierno cuando
las afectaciones presupuestarias superen los límites establecidos en los apartados a y b de
la cláusula duodécima.