Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021064019)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), y la Agencia Extremeña de la Energía (AGENEX) para financiar el desarrollo de los instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible de los centros del Servicio Extremeño Público de Empleo mediante transferencia específica de carácter plurianual.
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 4
Viernes, 7 de enero de 2022

1293

B) M
 emoria técnica
Se deberá presentar la memoria técnica donde se describan las actuaciones realizadas
junto con el desglose por actividades y sus costes y que deberá contener una relación pormenorizada de las actividades realizadas y los objetivos que se persiguen con cada una.
Formalidades que debe cumplir la documentación justificativa
a) Formas de pago. Los pagos pueden ser acreditados mediante, al menos, una de las formas que se indican a
continuación:


• Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.



• Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del
documento de gasto.



• Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido
efectivamente pagada.

• Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe
indicado en el documento de gasto.


• Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento
de gasto.



• Pago nominativo realizado por internet donde se indique que el pago ha sido realizado, sellado por la autoridad bancaria. El importe reflejado en el documento bancario
deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.



• Para documentos de gasto con importe inferior a 600€, y siempre que estén referidos
a la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc., recibí del proveedor en el que se indique que dicho documento de gasto (factura, ticket, etc.) ha sido
efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio del pago.

En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), se deberá remitir un desglose de los pagos
efectuados donde pueda identificarse el documento de gasto en cuestión. Dicho desglose
deberá estar sellado por el banco (la suma del desglose bancario deberá coincidir con el
importe reflejado en el pago agrupado).