Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Cartas De Servicios. (2021064094)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Tributos, por la que se aprueba la actualización de la Carta de Servicios denominada "Servicios del Área Tributaria de la Junta de Extremadura" y se dispone su publicación.
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Miércoles, 5 de enero de 2022

el reciclaje de tóner y cartuchos de impresoras, la recogida selectiva de papel y cartón para
reciclaje, iluminación de bajo consumo y control de los sistemas de climatización.
8.4. Compromiso con la igualdad de género.
Para asegurar la igualdad de género el Área Tributaria de la Junta de Extremadura presta
sus servicios conforme a criterios plenamente objetivos y no discriminatorios, cumpliendo la
normativa vigente y garantizando en cualquier momento un trato igualitario para todo la
ciudadanía.
8.5. Atención a la diversidad.
El Área Tributaria de la Junta de Extremadura orientará todas sus actividades públicas hacia
la consecución de la accesibilidad universal, integrando elementos y técnicas expositivas
adaptadas a necesidades específicas utilizando un lenguaje no discriminatorio.
9. MEDIDAS DE SUBSANACIÓN
Las ciudadanas y ciudadanos que consideren que el Área Tributaria de la Junta de
Extremadura ha incumplido alguno de los compromisos declarados en esta Carta podrán
dirigirse a la Dirección del mismo. En el caso de que se constate el incumplimiento
injustificado la Dirección del Área Tributaria de la Junta de Extremadura dirigirá una carta de
disculpas a la ciudadana o ciudadano, comunicando las causas del incumplimiento así como
las medidas adoptadas en relación con la deficiencia observada.
Este incumplimiento no dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.
10. PERIODO DE VIGENCIA.
Debido a su naturaleza y finalidad, las Cartas de Servicios son documentos que deben estar
sometidos a una revisión continua. Esta revisión debe enfocarse tanto a la corrección de
compromisos que se hayan desviado de su objetivo por exceso o por defecto, como a la
necesaria actualización de la Carta de Servicios ante cambios, tanto en el servicio prestado
como en su entorno.
Al margen de las actualizaciones necesarias por concurrir alguna de las circunstancias
anteriormente mencionadas, la presente Carta de Servicios tiene una vigencia de tres años a
partir de la fecha de su publicación, transcurridos los cuales deberá ser, en todo caso, objeto
de actualización.

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