Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0094)
Acuerdo de 24 de junio de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Tiétar.
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NÚMERO 3
Miércoles, 5 de enero de 2022
TÍTULO 4.
CAPÍTULO 4.1.
800
NORMAS GENERALES REGULADORAS DE LOS USOS.
CLASIFICACIÓN DE LOS USOS
Artículo 4.1.1.1 INTRODUCCIÓN [E]
Los usos urbanísticos del suelo quedan definidos en el Anexo 1 del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por
el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura.
La implantación de estos usos se desarrollará con arreglo a lo establecido en el presente título sin
perjuicio del cumplimiento tanto del resto de determinaciones de aprovechamiento establecidas por el
Plan General, y en especial de las condiciones de intensidad de aprovechamiento establecidas para cada
zona de ordenanza en las fichas de la presente Normativa, así como en la normativa supramunicipal
sectorial que les fuera de aplicación en su caso.
Artículo 4.1.1.2 CLASIFICACIÓN DE LOS USOS SEGÚN SUS CARACTERÍSTICAS SUSTANTIVAS. [E]
Conforme al Anexo 1 del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de
Planeamiento de Extremadura se distinguen:
1.
Uso global.
2.
Uso mayoritario.
3.
Uso compatible.
4.
Uso prohibido.
Artículo 4.1.1.3 CLASIFICACIÓN DE LOS USOS SEGÚN SUS CARACTERÍSTICAS FUNCIONALES. [E]
A.
USOS GLOBALES
El Plan General, conforme a lo señalado en el Anexo 1 del RPLANEX, distingue los siguientes:
B.
1.
Uso Residencial.
2.
Uso Industrial.
3.
Uso Terciario.
4.
Uso Dotacional.
USOS PORMENORIZADOS
El Plan General, conforme a lo señalado en el Anexo 1 del RPLANEX, desagrega los usos globales en
usos pormenorizados, a saber:
1.
2.
3.
Uso Residencial:
a.
Residencial Unifamiliar
b.
Residencial Plurifamiliar
c.
Residencial Comunitario
Uso Industrial.
a.
Almacenaje y Distribución
b.
Industrial Productivo
c.
Agroindustrial
Uso Terciario.
a.
Comercial
Miércoles, 5 de enero de 2022
TÍTULO 4.
CAPÍTULO 4.1.
800
NORMAS GENERALES REGULADORAS DE LOS USOS.
CLASIFICACIÓN DE LOS USOS
Artículo 4.1.1.1 INTRODUCCIÓN [E]
Los usos urbanísticos del suelo quedan definidos en el Anexo 1 del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por
el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura.
La implantación de estos usos se desarrollará con arreglo a lo establecido en el presente título sin
perjuicio del cumplimiento tanto del resto de determinaciones de aprovechamiento establecidas por el
Plan General, y en especial de las condiciones de intensidad de aprovechamiento establecidas para cada
zona de ordenanza en las fichas de la presente Normativa, así como en la normativa supramunicipal
sectorial que les fuera de aplicación en su caso.
Artículo 4.1.1.2 CLASIFICACIÓN DE LOS USOS SEGÚN SUS CARACTERÍSTICAS SUSTANTIVAS. [E]
Conforme al Anexo 1 del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de
Planeamiento de Extremadura se distinguen:
1.
Uso global.
2.
Uso mayoritario.
3.
Uso compatible.
4.
Uso prohibido.
Artículo 4.1.1.3 CLASIFICACIÓN DE LOS USOS SEGÚN SUS CARACTERÍSTICAS FUNCIONALES. [E]
A.
USOS GLOBALES
El Plan General, conforme a lo señalado en el Anexo 1 del RPLANEX, distingue los siguientes:
B.
1.
Uso Residencial.
2.
Uso Industrial.
3.
Uso Terciario.
4.
Uso Dotacional.
USOS PORMENORIZADOS
El Plan General, conforme a lo señalado en el Anexo 1 del RPLANEX, desagrega los usos globales en
usos pormenorizados, a saber:
1.
2.
3.
Uso Residencial:
a.
Residencial Unifamiliar
b.
Residencial Plurifamiliar
c.
Residencial Comunitario
Uso Industrial.
a.
Almacenaje y Distribución
b.
Industrial Productivo
c.
Agroindustrial
Uso Terciario.
a.
Comercial