Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0094)
Acuerdo de 24 de junio de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Tiétar.
297 páginas totales
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NÚMERO 3
Miércoles, 5 de enero de 2022
869
permeabilidad, o porcentaje de superficie destinada a la plantación de especies vegetales, no
será inferior al 50 por ciento.
6.
Establecerá asimismo las bases y cálculos para los servicios de riego y alumbrado, resolviendo
igualmente los problemas de desagüe planteados.
7.
Resolverá los contactos con otros proyectos específicos de pavimentación y explanación,
alumbrado, abastecimiento y saneamiento.
8.
El ámbito del proyecto específico cubrirá todos los espacios objeto de cesión al Ayuntamiento
como espacios libres de uso y dominio público, así como a aquellos espacios privados que se
decida, contiguos a los públicos, aunque no se incluya el importe de las obras correspondientes
en los presupuestos generales del proyecto, al considerarse vinculadas a las obras de
edificación.
9.
En las zonas de fuerte arbolado deberán preverse hidrantes de cien (100) milímetros en la
proporción de uno por cada cuatro (4) hectáreas. Deberán situarse en lugares fácilmente
accesibles y estarán debidamente señalizados.
10. En parques de superficie superior a tres (3) hectáreas deberá preverse un sistema de riego
automatizado, con la disposición de "inundadores" para zonas de árboles y arbustos. Los riegos
se programarán preferiblemente en horas nocturnas.
11. Deberá preverse en su caso la dotación de fuentes de beber, juegos infantiles, bancos,
papeleras, elementos y demás mobiliario urbano para el adecuado disfrute de la zona por parte
de la población de forma proporcional al tamaño y características del área.
12. En las Zonas Verdes de superficie mayor de una hectárea, se deberán instalar los siguientes
elementos:
a.
Casetas de operarios, con herramientas, vestuario, taquillas, bancos, duchas, inodoro,
lavabos y estancias a razón de dos operarios por hectárea.
b.
Aseos públicos distanciados como máximo 250 metros, con separación por sexos y un
mínimo de cuatro inodoros y cuatro lavatorios por departamento.
c.
Fuentes para beber, a razón de dos por hectárea o fracción, con un mínimo de una unidad.
d.
Bancos, a razón de 15 unidades por hectárea
e.
Papeleras, a razón de una cada 50 metros de paseo o perímetro de zona estancial.
f.
Juegos infantiles, como mínimo 5 aparatos por hectárea o fracción, con diseño
antivandálico y condiciones de seguridad adecuadas para el uso infantil.
13. Las plantaciones se realizarán en la primera etapa de la urbanización de cada ámbito.
14. Los cerramientos, en caso de existir, serán opacos en una altura no superior a 0,50 m., pudiendo
rebasar dicha altura con cerramiento diáfano de tipo vegetal, hasta los 2,50 metros.
15. Se establece la obligación de plantear la totalidad de las líneas eléctricas de forma soterrada
bajo la red de espacios públicos.
16. Las zonas verdes perimetrales situadas en el frente a alguna vía de comunicación de importancia
serán tratadas con una solución de apantallamiento arbolado con especies arbóreas de gran
porte.
17. El Proyecto de obras incluirá un pliego de condiciones de conservación, estableciendo el
conjunto de labores necesarias y su planificación para el mantenimiento de las especies en
perfecto estado, así como la conservación de sendas y caminos. Se recogerán las características
y condiciones de realización de las siguientes labores:
a.
Riegos
b.
Siegas
Miércoles, 5 de enero de 2022
869
permeabilidad, o porcentaje de superficie destinada a la plantación de especies vegetales, no
será inferior al 50 por ciento.
6.
Establecerá asimismo las bases y cálculos para los servicios de riego y alumbrado, resolviendo
igualmente los problemas de desagüe planteados.
7.
Resolverá los contactos con otros proyectos específicos de pavimentación y explanación,
alumbrado, abastecimiento y saneamiento.
8.
El ámbito del proyecto específico cubrirá todos los espacios objeto de cesión al Ayuntamiento
como espacios libres de uso y dominio público, así como a aquellos espacios privados que se
decida, contiguos a los públicos, aunque no se incluya el importe de las obras correspondientes
en los presupuestos generales del proyecto, al considerarse vinculadas a las obras de
edificación.
9.
En las zonas de fuerte arbolado deberán preverse hidrantes de cien (100) milímetros en la
proporción de uno por cada cuatro (4) hectáreas. Deberán situarse en lugares fácilmente
accesibles y estarán debidamente señalizados.
10. En parques de superficie superior a tres (3) hectáreas deberá preverse un sistema de riego
automatizado, con la disposición de "inundadores" para zonas de árboles y arbustos. Los riegos
se programarán preferiblemente en horas nocturnas.
11. Deberá preverse en su caso la dotación de fuentes de beber, juegos infantiles, bancos,
papeleras, elementos y demás mobiliario urbano para el adecuado disfrute de la zona por parte
de la población de forma proporcional al tamaño y características del área.
12. En las Zonas Verdes de superficie mayor de una hectárea, se deberán instalar los siguientes
elementos:
a.
Casetas de operarios, con herramientas, vestuario, taquillas, bancos, duchas, inodoro,
lavabos y estancias a razón de dos operarios por hectárea.
b.
Aseos públicos distanciados como máximo 250 metros, con separación por sexos y un
mínimo de cuatro inodoros y cuatro lavatorios por departamento.
c.
Fuentes para beber, a razón de dos por hectárea o fracción, con un mínimo de una unidad.
d.
Bancos, a razón de 15 unidades por hectárea
e.
Papeleras, a razón de una cada 50 metros de paseo o perímetro de zona estancial.
f.
Juegos infantiles, como mínimo 5 aparatos por hectárea o fracción, con diseño
antivandálico y condiciones de seguridad adecuadas para el uso infantil.
13. Las plantaciones se realizarán en la primera etapa de la urbanización de cada ámbito.
14. Los cerramientos, en caso de existir, serán opacos en una altura no superior a 0,50 m., pudiendo
rebasar dicha altura con cerramiento diáfano de tipo vegetal, hasta los 2,50 metros.
15. Se establece la obligación de plantear la totalidad de las líneas eléctricas de forma soterrada
bajo la red de espacios públicos.
16. Las zonas verdes perimetrales situadas en el frente a alguna vía de comunicación de importancia
serán tratadas con una solución de apantallamiento arbolado con especies arbóreas de gran
porte.
17. El Proyecto de obras incluirá un pliego de condiciones de conservación, estableciendo el
conjunto de labores necesarias y su planificación para el mantenimiento de las especies en
perfecto estado, así como la conservación de sendas y caminos. Se recogerán las características
y condiciones de realización de las siguientes labores:
a.
Riegos
b.
Siegas