Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Economía Social. Subvenciones. (2021063181)
Resolución de 21 de octubre de 2021, de la Secretaría General, de convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar a Entidades Asociativas de la Economía Social y el Autoempleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
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NÚMERO 2

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Martes, 4 de enero de 2022

En virtud de lo expuesto y de la competencia que me atribuye el artículo 23.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
RESUELVO:
Primero. Objeto y bases reguladoras.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar, mediante tramitación anticipada, la convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas de la economía social y del trabajo autónomo, como medida de promoción de la
economía social y de fomento del autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para 2022, con la finalidad de conseguir de forma eficaz el cumplimiento
de los fines que les son propios, esto es la defensa y promoción de sus miembros y de la
actividad e intereses que representen. A tales efectos se contemplan dos líneas:
— Línea I: Subvenciones destinadas a apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas
de la economía social.
—
Línea II: 
Subvenciones destinadas a apoyar el funcionamiento de las entidades
asociativas de trabajadores y trabajadoras autónomas.
Las entidades beneficiarias podrán obtener una subvención de hasta 75.000 euros para la
Línea I y de hasta 45.000 euros para la Línea II.
2. Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen en la Orden de 9 de junio de
2021, de bases reguladoras de subvenciones destinadas a apoyar a Entidades Asociativas
de la Economía Social y el Autoempleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
núm. 112 de 14 de junio).
Segundo. Beneficiarias.
1. P
 odrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas las siguientes entidades, siempre
que acrediten su inscripción en los registros competentes señalados en el artículo 3.2 de
la Orden de bases reguladoras con una anterioridad de doce meses a la publicación de
esta convocatoria y que obtengan un mínimo de 4 puntos en aplicación de los criterios de
valoración señalados en el artículo 10 de la Orden de bases reguladoras y en el apartado
séptimo de esta Resolución, sin perjuicio de cumplir el resto de requisitos señalados en el
precitado artículo 3 de la Orden de bases reguladoras:
a) Para la Línea I, las entidades asociativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura
con ámbito de actuación autonómico, integradas en su totalidad por una o varias de las
siguientes clases de entidades: sociedades cooperativas, sociedades laborales, socieda-