Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Economía Social. Subvenciones. (2021063181)
Resolución de 21 de octubre de 2021, de la Secretaría General, de convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar a Entidades Asociativas de la Economía Social y el Autoempleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
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NÚMERO 2
Martes, 4 de enero de 2022
336
Octavo. Financiación.
1. El importe total del crédito destinado a esta convocatoria será de 428.669,00 euros, con
cargo a la aplicación presupuestaria 120100000G/325A/48900, con código fuente de financiación TE24001001 y código de proyecto 20100166 “Ayudas a la formación, difusión y
fomento de la economía social”, siendo la fuente de financiación Transferencia del Estado
por importe de 278.669,00 euros y la aplicación presupuestaria 120100000G/325A/48900,
con código fuente de financiación CAG0000001 y código de proyecto 20170278 “Fomento
de la economía social” por importe de 150.000,00 euros, fuente de financiación Comunidad
Autónoma, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
2. Dicho crédito será aplicado conforme a la siguiente distribución para cada una de las líneas
de ayuda:
— 290.000,00 euros para financiar la línea I de subvenciones destinadas al funcionamiento
de las entidades asociativas de la economía social.
— 138.669,00 euros para financiar la línea II de subvenciones destinadas al funcionamiento de las entidades asociativas de trabajadores y trabajadoras autónomas.
3. En la presente convocatoria se seguirá el procedimiento de tramitación anticipada de expediente de subvenciones, previsto en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020,
por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de la Junta de Extremadura.
De acuerdo con ello, la convocatoria se efectúa en el ejercicio 2021, mientras que la
instrucción y resolución del procedimiento de concesión se efectuará en el ejercicio 2022,
quedando sometida dicha convocatoria a la condición suspensiva de que exista crédito
adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2022.
Noveno. Eficacia de la resolución de convocatoria y recursos.
1. L
a presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
2. La presente Resolución no agota la vía administrativa, según lo previsto en el artículo 103
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante
el órgano que la dicta o ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del
presente acto en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Martes, 4 de enero de 2022
336
Octavo. Financiación.
1. El importe total del crédito destinado a esta convocatoria será de 428.669,00 euros, con
cargo a la aplicación presupuestaria 120100000G/325A/48900, con código fuente de financiación TE24001001 y código de proyecto 20100166 “Ayudas a la formación, difusión y
fomento de la economía social”, siendo la fuente de financiación Transferencia del Estado
por importe de 278.669,00 euros y la aplicación presupuestaria 120100000G/325A/48900,
con código fuente de financiación CAG0000001 y código de proyecto 20170278 “Fomento
de la economía social” por importe de 150.000,00 euros, fuente de financiación Comunidad
Autónoma, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
2. Dicho crédito será aplicado conforme a la siguiente distribución para cada una de las líneas
de ayuda:
— 290.000,00 euros para financiar la línea I de subvenciones destinadas al funcionamiento
de las entidades asociativas de la economía social.
— 138.669,00 euros para financiar la línea II de subvenciones destinadas al funcionamiento de las entidades asociativas de trabajadores y trabajadoras autónomas.
3. En la presente convocatoria se seguirá el procedimiento de tramitación anticipada de expediente de subvenciones, previsto en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020,
por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de la Junta de Extremadura.
De acuerdo con ello, la convocatoria se efectúa en el ejercicio 2021, mientras que la
instrucción y resolución del procedimiento de concesión se efectuará en el ejercicio 2022,
quedando sometida dicha convocatoria a la condición suspensiva de que exista crédito
adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2022.
Noveno. Eficacia de la resolución de convocatoria y recursos.
1. L
a presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
2. La presente Resolución no agota la vía administrativa, según lo previsto en el artículo 103
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante
el órgano que la dicta o ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del
presente acto en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las