Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2021063954)
Resolución de 11 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
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NÚMERO 2
Martes, 4 de enero de 2022

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La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación de la
subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica
más ventajosa.
6. L
 a forma de justificación de la subvención será la que se establece en el apartado decimoséptimo de la presente convocatoria.
7. L
 os gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y
registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de
administración específicos, serán subvencionables si están directamente relacionados con
el proyecto subvencionado.
8. En ningún caso serán subvencionables:
a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
c) Los gastos de procedimientos judiciales.
d) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación por
los beneficiarios.
e) L
 os impuestos personales sobre la renta.
f) Los gastos para realización de todo tipo de obras en inmuebles (ya sean en propiedad o
alquiler).
g) Facturas de servicios prestados por profesionales autónomos cuando estos sean miembros directivos de la persona jurídica beneficiaria de la ayuda concedida.
h) Gastos realizados en equipamiento, teniendo tal consideración la adquisición de maquinaria, mobiliario, equipos informáticos, elementos de transporte y, en general, cualesquiera otros que incremente el patrimonio de la persona o entidad beneficiaria.
i) Premios, tanto en metálico como en especie.
9. Aquellas partidas no subvencionables por esta línea de ayuda o los gastos que excedan de
la limitación establecida en los puntos anteriores, deben ser financiados con ingresos ajenos a esta ayuda y así debe constar de manera explícita en el presupuesto.