Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2021063954)
Resolución de 11 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
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NÚMERO 2
Martes, 4 de enero de 2022

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2. En todo caso, para proceder a la tramitación de cualquiera de los pagos mencionados, el
beneficiario deberá hallarse, en el momento de solicitar el abono de los mismos, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social,
extremos que serán comprobados de oficio por el órgano gestor de las ayudas siempre
que el interesado no hubiese denegado su autorización expresamente en la solicitud de la
subvención.
Tratándose de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, el solicitante deberá autorizar expresamente al órgano gestor a recabar el certificado o la información acreditativa
de estar al corriente de las obligaciones tributarias ante la misma y de su situación respecto al Impuesto de Actividades Económicas. A tal efecto, en la solicitud se consigna un
apartado con el objeto de que el solicitante, si así lo estima oportuno, autorice la consulta
del dato de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
y de su situación respecto al Impuesto de Actividades Económicas.
3. En atención a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, se establece la exención de prestar garantías por los pagos
anticipados que reciban en el marco de esta convocatoria atendiendo a los beneficiarios y
a la finalidad de las ayudas reguladas, ya que se configuran como subvenciones otorgadas
a entidades culturales sin ánimo de lucro con la finalidad de dinamizar, movilizar y gestionar la cultura en su ámbito competencial, impulsar de una forma definitiva el sector de las
artes escénicas y a la comunidad cultural extremeña así como afianzar la conciencia de la
identidad extremeña a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores
culturales del pueblo extremeño y la promoción y fomento de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones.
Decimoséptimo. Justificación.
1. L
 a justificación por el beneficiario del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la
consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención, revestirá
la modalidad de cuenta justificativa, considerándose gasto realizado el que ha sido efectivamente realizado y pagado dentro del período subvencionable.
2. P
 ara proceder a efectuar el segundo pago (justificación del primer 50% de la subvención
concedida) se deberá presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, de conformidad con el anexo IV, relativo a la memoria económica justificativa y desglose de facturas. En el caso de que se hayan producido desviaciones respecto
al presupuesto inicial, deberán ser indicadas y explicadas.