Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021064033)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina, cuyo promotor es Pedro García Durán, en el término municipal de Fuente del Arco. Expte.: IA20/1001.
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NÚMERO 1
Lunes, 3 de enero de 2022

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Tanto la toma de muestra como su análisis deberán ser realizados por una Entidad Colaboradora de la Administración Hidráulica, que se encuentre acreditada como laboratorio de ensayo e inscrita en el registro a tal efecto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.
3. A
 nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la Subsección 1ª de la Sección 2ª del Capítulo VII del Título
I, según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. C
 aracterísticas del proyecto.
El proyecto consiste en la instalación de una explotación porcina en régimen intensivo con
una capacidad para 1.050 cerdos de cebo. Las instalaciones de la explotación porcina se
ubicarán en la parcela 9 del polígono 8 del término municipal de Fuente del Arco (Badajoz).
La finca dispone de una superficie de 23,4081 hectáreas. Para el desarrollo de la actividad,
la explotación dispondrá de dos naves de secuestro.
La ocupación del suelo por parte de la actividad se limita a la superficie ocupada por las
naves, patios de ejercicio e instalaciones auxiliares, así como el ocupado durante la fase
de construcción y funcionamiento por los vehículos que entren y salgan de la parcela.
Los residuos generados durante el funcionamiento de la explotación porcina, según el
documento ambiental aportado, serán principalmente cadáveres de animales y residuos
zoosanitarios.
Los estiércoles y purines serán aplicados como abono orgánico en una serie de parcelas
acreditadas por el titular.
La explotación porcina dispondrá de sistemas estancos e impermeables para la retención y
almacenamiento de estiércoles, lixiviados y aguas de limpieza generadas por la actividad.
Para ello contará con un estercolero y una balsa de capacidad suficiente.
El agua requerida por la explotación porcina será la necesaria para el consumo de los animales y para la limpieza de las instalaciones, proviniendo la misma de un pozo.
Los ruidos generados por la actividad provendrán principalmente por la maquinaria utilizada durante la construcción de las instalaciones y puntualmente por la entrada y salida de
vehículos para el suministro de materias primas y evacuación de los residuos generados.