Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063993)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo y el Servicio Extremeño de Salud, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual y la formación en centros de trabajo de los distintos ciclos formativos que conforman las familias profesionales del sistema educativo en Extremadura.
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NÚMERO 1
Lunes, 3 de enero de 2022

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Séptima. La Administración educativa notificará al Área Funcional de Trabajo e Inmigración
del Ministerio de Trabajo y Economía Social una copia del presente convenio interadministrativo de colaboración, y pondrá a su disposición en caso de que lo solicite la relación de alumnos
y alumnas que, en cada período, estén llevando a cabo el programa formativo en el área de
salud colaborador.
Octava. La Administración educativa podrá proporcionar al tutor o tutora y resto de personal
del área de salud colaborador implicados en el proceso de formación y aprendizaje un curso
de formación sobre metodología docente y uso de plataformas docentes.
Novena. El centro educativo se compromete al cumplimiento de la programación de las actividades formativas que han sido acordadas con el área de salud colaborador, a realizar su
seguimiento y la valoración del progreso de los estudiantes y, junto con el tutor o tutora del
área de salud colaborador, a la revisión de la programación, si una vez iniciado el mismo y a
la vista de los resultados, fuera necesario.
Décima. El centro educativo nombrará un responsable (coordinador o coordinadora, para el
desarrollo de programas de Formación Profesional Dual, o bien, tutor o tutora, para la formación en centros de trabajo) para la coordinación de las actividades formativas, que garantizará la orientación y consulta del alumnado y facilitará las relaciones con el área de salud
colaborador.
Undécima. El profesorado participante en el proyecto de Formación Profesional Dual del ciclo
formativo y/o tutor o tutora de la formación en centros de trabajo tendrá como funciones:
a) Participar, en su caso, en la elaboración, revisión y actualización de las programaciones
didácticas, fijando el programa formativo de acuerdo con el área de salud colaborador.
b) Asistir a las reuniones de coordinación del proyecto.
c) Participar en las actividades de formación organizadas por la Consejería de Educación y
Empleo.
d) Realizar las actividades de coordinación necesarias para el adecuado desarrollo del
proyecto.
e) Evaluar a los y las estudiantes teniendo en cuenta, en su caso, las aportaciones del
personal del área de salud y el resultado de las actividades desarrolladas en la misma.
Duodécima. Las personas designadas como responsables (coordinador o coordinadora, para
el desarrollo de programas de Formación Profesional Dual, o bien, tutor o tutora, para la
formación en centros de trabajo) de los centros educativos tendrán las siguientes funciones: