Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021064031)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada, para la actividad de fábrica de piensos, promovido por El Rincón de Zafra, SL, en el término municipal de Zafra (Badajoz).
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NÚMERO 1
147
Lunes, 3 de enero de 2022
la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año
cualquiera, y superior a 20 toneladas por día”.
A la vista de los anteriores Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y del informe
técnico, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente,
RESUELVO
Otorgar Autorización Ambiental Unificada, incluida su modificación sustancial, a favor de El
Rincón de Zafra, SL, para actividad dedicada a la fábrica de piensos, categoría 3.2.b del Anexo
II, relativa a “Instalaciones para tratamiento y transformación, diferente al mero envasado,
de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de
productos alimenticios o piensos a partir de materia prima vegetal, sean fresca, congelada,
conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de
producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por
día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día”, ubicada en el término municipal
de Zafra, a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protección Ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. El n.º de expediente de la actividad proyectada es el AAU 19/118.
El funcionamiento de esta actividad atenderá al cumplimiento del condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga al primero, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la
actividad de referencia en cada momento.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y control de
los residuos generados en la actividad
1. L
a actividad generará los siguientes residuos no peligrosos:
CÓDIGO LER
02 03 99
(1)
RESIDUO
ORIGEN
DESTINO
CANTIDAD ANUAL (t)
Residuos no especificados
en otra categoría
Restos de
materias primas
no aptos para la
elaboración
Gestor
autorizado
0,4
147
Lunes, 3 de enero de 2022
la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año
cualquiera, y superior a 20 toneladas por día”.
A la vista de los anteriores Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y del informe
técnico, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente,
RESUELVO
Otorgar Autorización Ambiental Unificada, incluida su modificación sustancial, a favor de El
Rincón de Zafra, SL, para actividad dedicada a la fábrica de piensos, categoría 3.2.b del Anexo
II, relativa a “Instalaciones para tratamiento y transformación, diferente al mero envasado,
de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de
productos alimenticios o piensos a partir de materia prima vegetal, sean fresca, congelada,
conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de
producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por
día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día”, ubicada en el término municipal
de Zafra, a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protección Ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. El n.º de expediente de la actividad proyectada es el AAU 19/118.
El funcionamiento de esta actividad atenderá al cumplimiento del condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga al primero, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la
actividad de referencia en cada momento.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y control de
los residuos generados en la actividad
1. L
a actividad generará los siguientes residuos no peligrosos:
CÓDIGO LER
02 03 99
(1)
RESIDUO
ORIGEN
DESTINO
CANTIDAD ANUAL (t)
Residuos no especificados
en otra categoría
Restos de
materias primas
no aptos para la
elaboración
Gestor
autorizado
0,4