Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas. (2021040176)
Decreto 139/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo.
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NÚMERO 1
Lunes, 3 de enero de 2022
33
— Servicio de Planificación y Coordinación de la Contratación y Gestión de Subvenciones
— Servicio de Recursos Humanos y Régimen Jurídico.
Disposición adicional primera. Adscripción de puestos de trabajo.
1. Los puestos de trabajo de personal funcionario y personal laboral adscritos al Instituto de
la Juventud de Extremadura, al Consejo de la Juventud de Extremadura, al Instituto de
la Mujer de Extremadura y a la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el
Desarrollo, continuarán integrados en dichos organismos autónomos y entes del sector
público autonómico a través de sus respectivas relaciones de puestos de trabajo.
2. Los puestos de trabajo de personal funcionario y personal laboral adscritos a la Secretaría
General de la extinta Consejería de Igualdad y Portavocía continuarán integrados en la
misma, salvo aquellos cuya adscripción correspondencia a la Presidencia de la Junta de
Extremadura.
3. En cuanto al personal eventual, se adscriben a la Consejería de Igualdad y Cooperación
para el Desarrollo los siguientes puestos de trabajo de tal naturaleza, anteriormente adscritos a la extinta Consejería de Igualdad y Portavocía: 42655910, 3005089, 39410110 y
3004405.
Disposición adicional segunda. Medios materiales, inmuebles y personal contratado
o nombrado para la ejecución de programas de carácter temporal adscritos a la extinta Consejería de Igualdad y Portavocía.
Quedan integrados en la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo los medios
materiales, inmuebles y personal contratado o nombrado para la ejecución de programas de
carácter temporal afectos a la Secretaría General y a los organismos públicos y entes anteriormente adscritos a la extinta Consejería de Igualdad y Portavocía.
Disposición adicional tercera. Publicación de las relaciones de puestos de trabajo.
A fin de dotar de una mayor seguridad jurídica la Relación de Puestos de Trabajo que resulte
de la nueva estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo,
mediante orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública se publicarán los anexos completos de la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario, laboral y eventual
que resulten de la modificación operada por el presente decreto de estructura orgánica.
Lunes, 3 de enero de 2022
33
— Servicio de Planificación y Coordinación de la Contratación y Gestión de Subvenciones
— Servicio de Recursos Humanos y Régimen Jurídico.
Disposición adicional primera. Adscripción de puestos de trabajo.
1. Los puestos de trabajo de personal funcionario y personal laboral adscritos al Instituto de
la Juventud de Extremadura, al Consejo de la Juventud de Extremadura, al Instituto de
la Mujer de Extremadura y a la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el
Desarrollo, continuarán integrados en dichos organismos autónomos y entes del sector
público autonómico a través de sus respectivas relaciones de puestos de trabajo.
2. Los puestos de trabajo de personal funcionario y personal laboral adscritos a la Secretaría
General de la extinta Consejería de Igualdad y Portavocía continuarán integrados en la
misma, salvo aquellos cuya adscripción correspondencia a la Presidencia de la Junta de
Extremadura.
3. En cuanto al personal eventual, se adscriben a la Consejería de Igualdad y Cooperación
para el Desarrollo los siguientes puestos de trabajo de tal naturaleza, anteriormente adscritos a la extinta Consejería de Igualdad y Portavocía: 42655910, 3005089, 39410110 y
3004405.
Disposición adicional segunda. Medios materiales, inmuebles y personal contratado
o nombrado para la ejecución de programas de carácter temporal adscritos a la extinta Consejería de Igualdad y Portavocía.
Quedan integrados en la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo los medios
materiales, inmuebles y personal contratado o nombrado para la ejecución de programas de
carácter temporal afectos a la Secretaría General y a los organismos públicos y entes anteriormente adscritos a la extinta Consejería de Igualdad y Portavocía.
Disposición adicional tercera. Publicación de las relaciones de puestos de trabajo.
A fin de dotar de una mayor seguridad jurídica la Relación de Puestos de Trabajo que resulte
de la nueva estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo,
mediante orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública se publicarán los anexos completos de la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario, laboral y eventual
que resulten de la modificación operada por el presente decreto de estructura orgánica.