Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas. Reestructuración. (2021040175)
Decreto 138/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 1
Lunes, 3 de enero de 2022
23
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente decreto. En particular, queda derogado el Decreto 161/2019, de 29
de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de
Extremadura y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Disposición final primera. No incremento del gasto público.
La aplicación de este decreto se hará sin aumento de coste de funcionamiento de los respectivos órganos directivos y no supondrá incremento del gasto público para la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Disposición final segunda. Habilitación normativa.
La persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración
Pública adoptará las medidas necesarias de asignación y redistribución de medios humanos,
económicos y materiales para hacer efectiva la estructura que se establece en el presente
decreto, y a tal efecto podrá dictar las disposiciones pertinentes.
Disposición final tercera. Modificación del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Uno. Se modifica el artículo 2 que queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2. Estructura orgánica básica.
La Presidencia de la Junta de Extremadura estará integrada por el Presidente y el siguiente
conjunto de órganos:
1. Portavocía de la Junta de Extremadura, cuyo titular tendrá rango de Consejero.
2. Gabinete de la Presidencia.
3. Secretaría General de la Presidencia.
4. Dirección General de Acción Exterior.
5. Dirección General de Administración Local.
6. Delegación de Extremadura en Bruselas”.
Lunes, 3 de enero de 2022
23
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente decreto. En particular, queda derogado el Decreto 161/2019, de 29
de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de
Extremadura y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Disposición final primera. No incremento del gasto público.
La aplicación de este decreto se hará sin aumento de coste de funcionamiento de los respectivos órganos directivos y no supondrá incremento del gasto público para la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Disposición final segunda. Habilitación normativa.
La persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración
Pública adoptará las medidas necesarias de asignación y redistribución de medios humanos,
económicos y materiales para hacer efectiva la estructura que se establece en el presente
decreto, y a tal efecto podrá dictar las disposiciones pertinentes.
Disposición final tercera. Modificación del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Uno. Se modifica el artículo 2 que queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2. Estructura orgánica básica.
La Presidencia de la Junta de Extremadura estará integrada por el Presidente y el siguiente
conjunto de órganos:
1. Portavocía de la Junta de Extremadura, cuyo titular tendrá rango de Consejero.
2. Gabinete de la Presidencia.
3. Secretaría General de la Presidencia.
4. Dirección General de Acción Exterior.
5. Dirección General de Administración Local.
6. Delegación de Extremadura en Bruselas”.