Presidencia De La Junta. Presupuestos. (2021010004)
Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021
63260
zación previa mediante acuerdo del Consejo de Gobierno los expedientes de contratación
cuyo valor estimado exceda en su cuantía de 600.000 euros y las modificaciones contractuales de los mismos cuando su cuantía supere aislada o conjuntamente dicho importe.
2. Para la adquisición de vehículos será necesaria la autorización previa y expresa del órgano
directivo con competencias en materia de Contratación Centralizada. Igualmente se necesitará esta autorización para la adquisición de muebles y equipos de oficina no relacionados
con las tecnologías de la información y comunicación cuando su cuantía supere los 15.000
euros, excluido el IVA.
Artículo 42. Otras normas.
1. En el caso de que, como consecuencia de la ocupación mensual efectiva de las plazas
concertadas/contratadas, la tipología de las ocupadas o la aportación de los usuarios a su
financiación, se reconozcan obligaciones por debajo del importe máximo mensual concertado, se podrán minorar los créditos autorizados y comprometidos que daban cobertura
presupuestaria al período ya ejecutado, con el límite de la diferencia entre la cobertura
crediticia existente para dicho período y los reconocimientos de obligaciones efectuados.
2. Durante 2022, en virtud de la previsión establecida en la normativa general de contratos, se determina con carácter uniforme para todos los contratos de obra que concierten
todos los órganos de contratación de la Junta de Extremadura y sus entidades públicas
dependientes, la siguiente distribución de gastos generales de estructura que inciden sobre
dichos contratos:
a) Trece por ciento en concepto de gastos generales de la empresa, fiscales (IVA excluido),
control de riesgos laborales y otros que inciden en el coste de las obras.
b) Seis por ciento en concepto de beneficio industrial del contratista.
3. El órgano de contratación podrá reajustar las anualidades previstas en los contratos en
licitación para eliminar los desajustes en su financiación producidos por dilaciones imprevistas en la tramitación de los procedimientos.
4. En la contratación de toda clase de servicios relacionados con las tecnologías de la información y comunicación se priorizará el uso de criterios relacionados con la calidad frente
al precio. En todo caso, este criterio supondrá como máximo el 30%del total de puntos de
estas licitaciones.
El precio/hora de los perfiles, el porcentaje de los gastos de estructura y beneficio industrial de las empresas en la contratación de servicios relacionados con las tecnologías de
Viernes, 31 de diciembre de 2021
63260
zación previa mediante acuerdo del Consejo de Gobierno los expedientes de contratación
cuyo valor estimado exceda en su cuantía de 600.000 euros y las modificaciones contractuales de los mismos cuando su cuantía supere aislada o conjuntamente dicho importe.
2. Para la adquisición de vehículos será necesaria la autorización previa y expresa del órgano
directivo con competencias en materia de Contratación Centralizada. Igualmente se necesitará esta autorización para la adquisición de muebles y equipos de oficina no relacionados
con las tecnologías de la información y comunicación cuando su cuantía supere los 15.000
euros, excluido el IVA.
Artículo 42. Otras normas.
1. En el caso de que, como consecuencia de la ocupación mensual efectiva de las plazas
concertadas/contratadas, la tipología de las ocupadas o la aportación de los usuarios a su
financiación, se reconozcan obligaciones por debajo del importe máximo mensual concertado, se podrán minorar los créditos autorizados y comprometidos que daban cobertura
presupuestaria al período ya ejecutado, con el límite de la diferencia entre la cobertura
crediticia existente para dicho período y los reconocimientos de obligaciones efectuados.
2. Durante 2022, en virtud de la previsión establecida en la normativa general de contratos, se determina con carácter uniforme para todos los contratos de obra que concierten
todos los órganos de contratación de la Junta de Extremadura y sus entidades públicas
dependientes, la siguiente distribución de gastos generales de estructura que inciden sobre
dichos contratos:
a) Trece por ciento en concepto de gastos generales de la empresa, fiscales (IVA excluido),
control de riesgos laborales y otros que inciden en el coste de las obras.
b) Seis por ciento en concepto de beneficio industrial del contratista.
3. El órgano de contratación podrá reajustar las anualidades previstas en los contratos en
licitación para eliminar los desajustes en su financiación producidos por dilaciones imprevistas en la tramitación de los procedimientos.
4. En la contratación de toda clase de servicios relacionados con las tecnologías de la información y comunicación se priorizará el uso de criterios relacionados con la calidad frente
al precio. En todo caso, este criterio supondrá como máximo el 30%del total de puntos de
estas licitaciones.
El precio/hora de los perfiles, el porcentaje de los gastos de estructura y beneficio industrial de las empresas en la contratación de servicios relacionados con las tecnologías de