Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Subvenciones. (2021040193)
Extracto del Decreto 132/2021, de 24 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios de comercio electrónico y tic en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64267
Segundo. Objeto:
El presente decreto tiene como objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas a conceder en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta, para el impulso de la
digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios de comercio electrónico y
TIC en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y aprobar su primera convocatoria, siendo
el principal objetivo de estas ayudas mejorar la productividad y competitividad mediante la
aplicación de conocimientos y nuevas tecnologías en el ámbito empresarial y comercial.
Tercero. Bases reguladoras:
Decreto 132/2021, de 24 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las Pymes mediante
la implantación de servicios de comercio electrónico y TIC en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
Cuarto. Cuantía:
1. El importe de la convocatoria asciende a 2.000.000 de euros con cargo a la aplicación
presupuestaria 140110000/G/332A/77000 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2022, Fondo FD14020201, proyecto de
gasto 20170241 denominado “Ayudas al comercio electrónico”, con la cofinanciación del
Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en un 80 %, dentro del Objetivo Temático
“2. Mejorar el uso y calidad de las TIC y el acceso a las mismas”, Prioridad de Inversión:
“2.2 “Desarrollo de productos y servicios TIC, comercio electrónico y una mayor demanda
de TIC”, Objetivo específico 2.2.1 “Desarrollar la economía digital incluyendo el comercio
electrónico, para el crecimiento, la competitividad y la internacionalización de la empresa
española”.
El desglose de dicha aportación por anualidades será el siguiente:
— Anualidad 2022 .............. 1.500.000 euros.
— Anualidad 2023 .............. 500.000 euros.
2. El importe de la subvención consistirá en un porcentaje del 80 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 12.000 euros por beneficiario, independientemente del número
de servicios que se pretenda contratar.
3. La concesión de subvenciones tendrá como límite la cuantía global del crédito presupuestario fijado en la convocatoria, sin perjuicio de las variaciones que puedan producirse conforme al artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64267
Segundo. Objeto:
El presente decreto tiene como objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas a conceder en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta, para el impulso de la
digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios de comercio electrónico y
TIC en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y aprobar su primera convocatoria, siendo
el principal objetivo de estas ayudas mejorar la productividad y competitividad mediante la
aplicación de conocimientos y nuevas tecnologías en el ámbito empresarial y comercial.
Tercero. Bases reguladoras:
Decreto 132/2021, de 24 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las Pymes mediante
la implantación de servicios de comercio electrónico y TIC en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
Cuarto. Cuantía:
1. El importe de la convocatoria asciende a 2.000.000 de euros con cargo a la aplicación
presupuestaria 140110000/G/332A/77000 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2022, Fondo FD14020201, proyecto de
gasto 20170241 denominado “Ayudas al comercio electrónico”, con la cofinanciación del
Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en un 80 %, dentro del Objetivo Temático
“2. Mejorar el uso y calidad de las TIC y el acceso a las mismas”, Prioridad de Inversión:
“2.2 “Desarrollo de productos y servicios TIC, comercio electrónico y una mayor demanda
de TIC”, Objetivo específico 2.2.1 “Desarrollar la economía digital incluyendo el comercio
electrónico, para el crecimiento, la competitividad y la internacionalización de la empresa
española”.
El desglose de dicha aportación por anualidades será el siguiente:
— Anualidad 2022 .............. 1.500.000 euros.
— Anualidad 2023 .............. 500.000 euros.
2. El importe de la subvención consistirá en un porcentaje del 80 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 12.000 euros por beneficiario, independientemente del número
de servicios que se pretenda contratar.
3. La concesión de subvenciones tendrá como límite la cuantía global del crédito presupuestario fijado en la convocatoria, sin perjuicio de las variaciones que puedan producirse conforme al artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.