Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040199)
Decreto 152/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

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Hacienda Pública de Extremadura sin el incremento del 25%, de acuerdo con lo previsto
en este artículo y hasta el momento en que se produjo la devolución efectiva por parte de
la entidad beneficiaria.
Artículo 27. Financiación.
Las líneas de ayuda prevista en el presente decreto serán financiadas conforme a lo establecido en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, de 14 de abril de 2021,
siendo la fuente de financiación el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, por Fondos procedentes de transferencia del Estado, relativas al Plan de apoyo a la implementación de la
normativa de residuos, Programa de Economía Circular y Plan de Impulso al Medio Ambiente
Residuos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en ejecución del
Plan Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía, Eje “Transicion Ecológica”,
Política palanca V “Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora”, Componente 12 “Política
Industrial España 2030”, Inversión C12.I3 “Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular”. Estando sometidas a las Bases Reguladoras de los criterios objetivos para la distribución territorial de dichos fondos, aprobadas
en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, de acuerdo con las previsiones de la Ley de
Presupuestos del Estado, en la línea denominada “Programa de Economía Circular”.
Artículo 28. Información y publicidad.
1. 
Las autoridades competentes pondrán en práctica sistemas de difusión, información y
publicidad de conformidad con lo establecido por la normativa comunitaria y autonómica
al respecto, según corresponda, dirigidas a las personas beneficiarias que finalmente se
beneficiarán de las ayudas del presente decreto.
Se realizarán, al menos, las siguientes medidas por las autoridades competentes:
a) La convocatoria, así como su extracto y las subvenciones concedidas serán publicadas
en el Diario Oficial de Extremadura. Asimismo, serán publicadas en el Portal de Subven­
ciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. De conformidad con cuanto dispone el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, no será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando los
importes de las subvenciones, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a
3.000 euros.