Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040199)
Decreto 152/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

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objeto del contrato y en el precio, aunque ni lo uno ni lo otro se hayan entregado, así como
el primer compromiso en firme para el pedido de materiales, bienes de equipos y equipamiento o para la realización de cualquier otro gasto o inversión objeto de subvención.
3. 
La acreditación de no haber iniciado las inversiones se realizará mediante declaración
responsable incluida en la propia solicitud, según modelo establecido en el anexo II del
presente decreto.
4. En el caso de que las inversiones a subvencionar se iniciasen antes de haberse cumplido las
condiciones establecidas en el presente artículo, la totalidad del proyecto no podrá optar
a la ayuda.
5. L
 as ayudas establecidas se entienden abonables cuando se cumpla el objeto de la sub­
vención conforme se establece en la resolución de concesión de las mismas. Por tanto, las
obras, suministros y servicios deben ser susceptibles de su entrega para el uso público.
Las ejecuciones parciales de las actuaciones que no permitan lograr el objeto final de la
subvención darán lugar, en su caso, al reintegro de las mismas.
Artículo 22. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
1. L
 os beneficiarios de las ayudas deberán cumplir con las obligaciones establecidas en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y a las disposicio­
nes en materia de subvenciones establecidas por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Adminis­
tración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
y en particular, con las establecidas en el presente Decreto y en la Resolución individual de
concesión de la ayuda.
2. A
 sí mismo, las entidades beneficiarias quedarán obligadas a comunicar a la Consejería con
competencias en materia de sostenibilidad ambiental, la percepción de cualquier ayuda que
tenga por objeto financiar la misma actuación.
3. E
 n los cinco años posteriores al pago final de la ayuda, las entidades beneficiarias de las
ayudas no podrán realizar ningún tipo de actuación que suponga o implique:
a) El cese de la actividad de la instalación o del servicio subvencionado.
b) b. Un cambio en la propiedad de infraestructuras que proporcione a una empresa o un
organismo una ventaja indebida.