Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040199)
Decreto 152/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64355
Artículo 14. Comisión de Valoración.
1. La Comisión de Valoración, será la encargada de la evaluación de las solicitudes que reúnan
los requisitos establecidos en estas bases y en cada convocatoria, estará compuesta por las
siguientes personas que forman parte de la Administración:
a) Una persona que ostente el puesto de Jefe de Sección, que será la presidencia de la
comisión.
b) Dos personas, funcionarias, pertenecientes a la unidad administrativa con competencias
en materia de residuos, que actuarán como vocales.
c) Una persona, funcionaria, perteneciente a la unidad administrativa con competencias en
materia de residuos, que desempeñe un puesto de trabajo de Asesor Jurídico, con voz
y sin voto, que ejercerá las funciones de secretariado.
2. P
revia a la constitución de la Comisión de Valoración, se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura, el nombramiento de las personas que la conformarán.
3. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Valoración deberá emitir informe vinculante en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, que deberá ser elevado
al órgano instructor, para que formule la preceptiva propuesta de resolución que en ningún
caso podrá apartarse del sentido del Informe.
4.
La Comisión de Valoración se ajustará en su funcionamiento a lo dispuesto en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre órganos colegiados.
5. Todos los integrantes de la Comisión de Valoración, de conformidad con el artículo 6.4
de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberán cumplimentar la
declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) que se recoge como anexo VI de
dicha Orden.
Artículo 15. Criterios de evaluación.
1. Para la evaluación de las solicitudes presentadas, se utilizarán los criterios que se indican a
continuación para cada línea de ayuda, según el orden de importancia establecido:
Línea 1. Ayudas para la implantación de la recogida separada de la fracción orgánica, la
separada de envases, la separada de papel y cartón, la separada de vidrio y fracción resto
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64355
Artículo 14. Comisión de Valoración.
1. La Comisión de Valoración, será la encargada de la evaluación de las solicitudes que reúnan
los requisitos establecidos en estas bases y en cada convocatoria, estará compuesta por las
siguientes personas que forman parte de la Administración:
a) Una persona que ostente el puesto de Jefe de Sección, que será la presidencia de la
comisión.
b) Dos personas, funcionarias, pertenecientes a la unidad administrativa con competencias
en materia de residuos, que actuarán como vocales.
c) Una persona, funcionaria, perteneciente a la unidad administrativa con competencias en
materia de residuos, que desempeñe un puesto de trabajo de Asesor Jurídico, con voz
y sin voto, que ejercerá las funciones de secretariado.
2. P
revia a la constitución de la Comisión de Valoración, se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura, el nombramiento de las personas que la conformarán.
3. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Valoración deberá emitir informe vinculante en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, que deberá ser elevado
al órgano instructor, para que formule la preceptiva propuesta de resolución que en ningún
caso podrá apartarse del sentido del Informe.
4.
La Comisión de Valoración se ajustará en su funcionamiento a lo dispuesto en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre órganos colegiados.
5. Todos los integrantes de la Comisión de Valoración, de conformidad con el artículo 6.4
de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberán cumplimentar la
declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) que se recoge como anexo VI de
dicha Orden.
Artículo 15. Criterios de evaluación.
1. Para la evaluación de las solicitudes presentadas, se utilizarán los criterios que se indican a
continuación para cada línea de ayuda, según el orden de importancia establecido:
Línea 1. Ayudas para la implantación de la recogida separada de la fracción orgánica, la
separada de envases, la separada de papel y cartón, la separada de vidrio y fracción resto